La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, ha informado que si bien la mayoría de los trámites se pueden realizar en cualquier dependencia del UDAI, ante la demanda de público conocimiento, es que en muchos distritos se tomo la decisión de que sólo serán atendidos aquellos titulares que pertenezcan al municipio debidamente certificado el domicilio en su Documento Nacional de Identidad, DNI, es importante tener esto en cuenta al momento de solicitar el turno vía Internet.
Es importante que aquella persona que debe realizar un trámite en ANSES primero saque su turnos por Internet, puedo orientarse leyendo este econoblog, y concurra a la cita con la documentación completa para no perder tiempo, todo llevarlo en original y fotocopias.
Siempre dependiendo del trámite a realizar:
- DNI, en buen estado de conservación ó en su defecto Constancia de DNI en trámite acompañada de la Partida de Nacimiento, de todo el grupo familiar. Donde debe figurar el domicilio actualizado o en su defecto adjuntar una certificación de domicilio.
- Partidas, Actas o Certificados de Nacimiento de los hijos menores de 18 años.
- Declaración Jurada de convivencia, partida, acta o certificado de matrimonio. De estar separado de hecho adjuntar una exposición civil realizada en el Juzgado de esta situación.
- Para ser apoderado debe ser mayor de 21 años y completar los formularios:
- Formulario PS 2.57 – Declaración Jurada del Banco.
- Formulario PS 2.55 – Deben estar firmados por el titular para poder ser apoderado.
- Formulario de Conformidad de Tenencia: Es para los casos donde exista Separación de hecho. Formulario PS 2.46 firmado por ambos padres y dicha firma debe estar certificada ante la Policía Federal, Juzgado o Autoridad de ANSES. Acompañado del Acta acuerdo.
- Último Recibo de Cobro de Haberes.
- Si no cobro la Ayuda Escolar o el mensual por Hijo en el mes de marzo y abril de cada año, llevar el Certificado de Escolaridad Formulario PS 2.51.
- La Clave Bancaria Única, CBU, se puede cargar por Internet, con la correspondiente “Clave de la Seguridad Social” o bien concurrir a ANSES llevando el Comprobante bancario con el nombre y Apellido del Titular firmad por un responsable del banco y toda al documentación nuevamente.
- Si el titular del cobro del prenatal trabaja conjuntamente deberá presentar la notificación de su maternidad ante su empleador informándole la fecha de su licencia.
Es aconsejable presentar la documentación entre los días 5 y 19 de cada mes.
Muy importante es que cada vez que concurra a realizar cualquier tipo de trámite lo haga llevando consigo toda la documentación de TODO el grupo familiar, por más de que sus datos ya estén cargados en el sistema o que su empleador los haya ingresado por Internet.
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consulta… estoy separada y quisera saber si firmando el formulario de conformidad de tenencia es posible desestimar el IGF y cobrar la asignacion familiar que me corresponde en relacion a mi sueldo.
Buenas tardes. perdon por la molestia ocacionada. pero tengo a mis padres de 86 años, y cuesta mucho transladarme con ellos al banco. queria saber que documentacion tengo que llevar para ser apoderada de ellos, y asi no tener que molestarlos, la verdad que no se como se hace, me siento una ignorante total. desde ya muchisimas gracias.
Graciela
El poder te lo tienen que firmar ellos ante ANSES. Quizas podes llevarlos en coche y acercarte a las oficina sin que ellos bajen y vienen el empleado al auto a que firmen
hola…yo estaba cobrando la asignasion universal y me cortaron por estar trabajando en blanco , desde agosto del 2011. ahora tengo que tramitar otra vez , tengo las constancia del DNI de mi hijo y mio por que los perdi, tambien tengo la partida de Nacimiento de mi hijo, mi pregunta es Con esa documentacion puedo tramitar el salario.. Desde ya muchas gracias , espero pronta respuesta..
Saludos
Silvina
Lo que pasa que tenes qe llevar la constancia de DNI en tramite ya que sino tampoco vas a poder cobrar
puedo cobrar el salario por mi hijo de 5 años si estoy trabajando?? nunca lo cobre
vanina
Hiciste los tramites para el cobro en ANSES y a tu empleador