El junio, el Ministerio de Trabajo homologó el Acuerdo Salarial de la Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina (ASIMRA). Al igual que la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), el sindicato ha firmado con las cámaras empresariales un aumento en los salarios del 27,8% aplicable en dos cuotas. En este artículo, EconoBlog.com.ar permite consultar la planilla con los Sueldos Básicos 2015 de la Rama 15 «Herrería de Obra y Carpintería Metálica».
El aumento en os sueldos de la ASIMRA es aplicable de la siguiente forma:
- Retroactivo a mayo: 17,8%.
- A partir de agosto: 10,0%.
Este acuerdo fue firmado el 10 de junio de 2015 por el gremio con la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA), la Asociación de Fabricantes de Artículos Electrónicos (AFARTE), la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la Republica Argentina (FEDEHOGAR) y la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (CAIAMA).
La planilla con los Sueldos Básicos 2015 de la Rama 15 «Herrería de Obra y Carpintería Metálica» del Contrato Colectivo de Trabajo 248/95 que se ha publicado en el Anexo 12 es la siguiente:
Categorías | Vigente desde 01-05-2015 | Vigente desde 01-08-2015 |
Supervisor de fábrica de 4ta. | 14.456 | 15.683 |
Supervisor técnico de 3ra. | 14.456 | 15.683 |
Supervisor de fábrica de 3ra. | 13.104 | 14.217 |
Supervisor técnico de 2da. | 13.104 | 14.217 |
Supervisor de fábrica de 2da. | 11.590 | 12.574 |
Supervisor técnico de 1ra. | 11.590 | 12.574 |
Supervisor administrativo | 11.732 | 12.728 |
Supervisor de fábrica de 1ra. | 9.109 | 9.882 |
Supervisor servicios generales | 9.109 | 9.882 |
Artículos 29
Vigente desde 01-05-2015 | Vigente desde 01-08-2015 | |
Inc. A fallecimiento cónyuge, padre, hijos | 1.1.27 | 1.223 |
Inc. B por cada uno de los progenitores a cargo | 259 | 281 |
Inc. C por título secundario | 237 | 257 |
Inc. D Dominio de uno o mas idiomas | 237 | 257 |
Artículo 32: Escalafón por antigüedad: 1% sobre el básico.
Artículo 24: Seguro de vida y sepelio
Categorías | Vigente desde 01-05-2015 | Vigente desde 01-08-2015 |
Aporte del trabajador | 68 | 74 |
Contribución patronal | 68 | 74 |
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