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ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF

Recordamos que  a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF. Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente. La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina […]

Recordamos que  a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF.

  • Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente.

La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina s de ANSeS y hasta el día 30 de junio de 2008 las siguiente documentación:

    a)   Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) detallando la nómina de los trabajadores (Apellido y Nombre y Nº de CUIL) que han optado por percibir la Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU),  adjuntado por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y Nº de CBU correspondiente o en su defecto, la boca de pago (ver listado disponible en la página de ANSeS www.anses.gov.ar HYPERLINK) o la provincia y Código Postal del lugar elegido para el cobro por cada trabajador.

    b)  Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) en la que in formen los datos que enumeramos a continuación, en caso del personal comprendido dentro de la Resolución 344/05 (trabajadoras que se encuentren o inicien licencia por maternidad) en el mes del ingreso formal al SUAF, se le debe seguir pagando por medio del sistema compensador hasta la finalización de la licencia.

  1. CUIT de la Empresa
  2. Razón Social
  3. Nº de CUIL, Apellido y Nombre de la trabajadora
  4. Tipo de Licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa al SUAF
  5. Periodo y montos ya abonados
  6. Periodos o montos a abonar (desde el mes de  la incorporación en adelante)

    c) IMPORTANTE recordar que las empresas no serán notificadas de su incorporación al SUAF al producirse la incorporación masiva, así fue establecido por la Resolución Nº 670/07 de ANSeS.

     d) Es condición NECESARIA para que los trabajadores puedan percibir las ASIGNACIONES FAMILIARES a través del sistema SUAF que:

  1. Los empleadores presenten en tiempo y forma las Declaraciones Juradas de Seguridad Social Formulario 931 a la AFIP.
  2. Que declaren a sus trabajadores y sus cargas de familia a través del sistema de la AFIP, opción MI SIMPLIFICACIÓN.

Si bien se había hablado de una posible prorroga en el procedimiento hasta el momento no existe.

  • Aquellas empresas incorporadas al SUAFF

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652 comentarios en “ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF”

  1. Mariana:

    Si la empresa se estaba abonando el salario familiar y pasa al SUAf la empresa hace los tramites peor averigua en la empresa

  2. Claudio:

    El tramite del cobro por nacimietno lo tenes que hacer personalmente en ANSeS llevando partida de nacimiento, DNI tuyo y del bebe, todo en original y fotocopia, lo paga el ANSeS, la misma documentación la presentas en tu trabajo, si no estan en el SUAf asignación por hijo lo paga el empleador. Llevaste todos los papeles?

  3. HOLA SOY YANINA DE JESUS MARIA (CORDOBA), HACE 4 AÑOS QUE ESTOY TRABAJANDO EN UNA EMPRESA LA CUAL AUN NO ME A PUESTO EN BLANCO, POR ENDE NO HAGO MIS RESPECTIVOS APORTES. EN JULIO FUI MAMA Y NUNCA ME PAGARON NACIMIENTO NI NADA PARECIDO, MUCHO MENOS AGUINALDO NI VACACIONES.. CREO QUE POR MI ANTIGUEDAD ESO YA TENDRIA QUE ESTAR RESUELTO.. MUCHAS GRACIAS Y ESPERO QUE ME AYEDEN A SOLUCIONAR MI PROBLEMA.

  4. hola soy claudio de jesus maria,en julio fui papa y aun no me han pagado la asignacion familiar, en el anses de mi localidad no saben darme una respuesta concreta, ya que me explican que mi patron no esta inscripto en el suaf.. como tengo que hacer para cobrar eso ya que el lo pasa por alto.. gracias

  5. queria saber si con la inscripcion de la empresa en el sist. suaf los empleados ya empiezan a cobrar por acred. en cuenta o si hay algun trámite personal que cada empleado tenga que hacer en anses?

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