El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha realizado la homologación del Acuerdo Salarial 2016 – 2017 de la UOM (Unión Obrera Metalúrgica) el 17 de mayo pasado. Por lo cual, ya está vigente el acuerdo paritario que han firmado el 9 de mayo el sindicato con las cámaras empresariales del sector que establece un aumento de los sueldos básicos del sector del 33% aplicable en tres cuotas.
El Acuerdo Salarial 2016 fue firmado por la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina con la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (FEDEHOGAR), la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA), la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales Electrónicas (AFARTE), la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (CAIAMA) y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC).
En el acuerdo paritario de este año se acordó un aumento en la escala salarial de la siguiente forma:
- Retroactivo al 1° de abril: 20%.-
- Desde el 1° de julio: 7%.-
- Desde el 1° de octubre: 6%.-
Luego de la firma del acuerdo, ADIMRA ha difundido las siguientes planillas en formato PDF con las nuevas escalas salariales de los trabajadores metalúrgicos:
- Planillas Anexo A.
- Planilla Referencial Anexo A.
- Planillas Anexo B.
- Planilla Referencial Anexo B.
- Planillas Anexo C.
- Planilla Referencial Anexo C.
- Planillas Anexo D.
- Planilla Referencial Anexo D.
- Planillas Anexo E.
- Planilla Referencial Anexo E.
Junto con estos incrementos se ha establecido un incremento del Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR) de la siguiente forma:
- Desde el 1° de abril: $9.792.-
- Desde el 1° de julio: $10.363.-
- Desde el 1° de octubre: $10.852.-
Además, las partes han acordado el pago de dos sumas no remunerativas de 2000 pesos cada una junto con los sueldos de noviembre de 2016 y febrero de 2017. Dichos pagos deben ser registrados en el recibo de sueldo bajo el concepto «Gratificación Extraordinaria no Remunerativa Acuerdo UOM 2016-2017 Cuota N°».
Además, los sindicalistas y empresarios establecieron el pago de una contribución extraordinaria de 532 pesos que deben pagar los empleadores por cada empleado comprendido por el Contrato Colectivo de Trabajo N° 260/75. Ésta tiene que ser pagada en ocho cuotas iguales y consecutivas de 66,50 pesos entre el 1 y 10 de cada mes desde julio de 2016.
Bajar Acuerdo Salarial UOM / Descargar homologación.
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Q tal queria saber cuanto tengo q cobrar de sueldo siendo encargado en el rubro autopartista laudo 29 ya hace 22 años q estoy ! gracias .
Hola mi nombre es claudia. Quería saber si dieron bono D3 finde año 2017 ?
No entiendo no sabes si te lo pagaron o no?? Se pago en dos veces noviembre $2000.- y en febrero los otros $2000.-
buenas tardes.. como informar los $2000 en la DJNR??
muchas gracias!! saludos!
GISELA acuerdo UOM CCT 260/75 Resolución del Ministerio de Trabajo Nº 299/2016
Hola, en que mes ya me tendrian que pagar con aumento? Comienzo de julio? O comienzo de agosto? Gracias
Walter Depende como cobres, si es quincenal en la primera quincena y si es mensual a fin de mes o principio de agosto
Quiero saber si ya tengo mi sueldo de licencia
Daniela que licencia?? no entiendo