A partir de diciembre de 2005 fueron puesta a disposición medidas para beneficiar al empleador del personal contratado para servicios domésticos y a su vez beneficiar al trabajador.
Los beneficios para el trabajador son:
- Cobertura de salud.
- El día de mañana acceder a su jubilación.
Los beneficios del empleador son que podrá deducir como gasto en el Impuesto a las Ganancias lo que abone a su trabajador como retribución por su trabajo y las contribuciones de la seguridad social, topes:
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2005 hasta $4.020.-
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2006 hasta $6.000.-
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2007 hasta $7.500.-
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Trabajo mas de 22 horas semanales. Me ponen en blanco pero sin los beneficios de cobrar aguinaldo y vacaciones porque dice que trabajo por hora. Esto es asi?
Gracias.
Hola Graciela
Tengo una empleada domestica por ley desde el 2004.
Quiero hacerles los aportes desde el 98.
Es cierto que tengo que hacerlo desde abril del 2.000 ???? y que tengo que pagar unicamente el aporte jubilatorio patronal y no la obra social a cargo del empleado
Gracias
Hola Jorge:
Si le corresponde el aguinaldo, en el recibo pones sueldo $… aguinaldo $… , el aporte es el mismo no se tiene en cuenta si no entra todo en el recibo escribilo atras y hacelo firmar atras y adelante.
gracias
Hola anabel:
Si se puede tener y si tenes mas tenes obligación de pagar por todos los que tengas. el aporte depende de las horas que trabaje semanalmente.
gracias
Hola Graciela, tengo desde Junio de este año personal domestico en blanco, preguntas:
le corresponde aguinaldo?
si le correspondiere se hace en el mismo recibo del form 102?
el aporte mensual es el mismo?
como se calcula el interes de aporte si se hace despues del 10?
Saludos