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UOM: Sueldos Básicos 2017-2018 – Rama 4 Automotor – Laudo 29

La Unión Obrera Metalurgia (UOM), la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA) y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC) sellaron un Acuerdo Salarial con, aproximadamente, un 25% de aumento para la Rama 4. En este artículo, EconoBlog permite consultar los nuevos Sueldos Básicos 2017-2018 para Automotor – Laudo 29. El gremio y las cámaras empresariales acordaron un 12,7% de aumento en los sueldos básicos de la UOM retroactivo al 1ero de abril que se aplica sobre el resultante de la aplicación de un 35% sobre la escala salarial vigente al 31 de marzo de 2016. Desde el 1ero de julio entrará en vigencia un 11% acumulativo. Con dichos incrementos, el nuevo Ingreso Mínimo Global […]

La Unión Obrera Metalurgia (UOM), la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA) y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC) sellaron un Acuerdo Salarial con, aproximadamente, un 25% de aumento para la Rama 4. En este artículo, EconoBlog permite consultar los nuevos Sueldos Básicos 2017-2018 para Automotor – Laudo 29.

El gremio y las cámaras empresariales acordaron un 12,7% de aumento en los sueldos básicos de la UOM retroactivo al 1ero de abril que se aplica sobre el resultante de la aplicación de un 35% sobre la escala salarial vigente al 31 de marzo de 2016. Desde el 1ero de julio entrará en vigencia un 11% acumulativo.

Con dichos incrementos, el nuevo Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR) será de $12.155 desde abril y $13.349 desde julio.

En las paritarias, las partes establecieron el pago de una gratificación no remunerativa de $4000 que se pagará en dos cuotas en octubre de 2017 y febrero de 2018.

Sueldos Básicos 2017-2018 para la Rama 4 (Automotor – Laudo 29)

I) Personal jornalizado

Categoría Base de Cálculo 31/03/2016 Desde 01/4/2017 Desde 01/07/2017
a) Categorías generales
Ingresante $61,40 $68,15 $75,65
Operario Calificado $66,49 $73,80 $81,92
Medio Oficial $71,81 $79,71 $88,48
Operario Especializado $76,77 $85,21 $94,58
Operario Espdo. Múltiple $81,18 $90,11 $100,02
Oficial $85,08 $94,44 $104,83
Oficial Múltiple $91,49 $101,55 $112,72
Operadores CNC
Oficial Superior $91,49 $101,55 $112,72
Oficial Múltiple Superior $97,92 $108,69 $120,65
IMGR $12.220,00 $13.565,00

II) Personal mensualizado

Categoría Base de Cálculo 31/03/17 Desde 01/04/17 Desde 01/07/17
a) Grupo A – Personal administrativo
Cat. Administrativo de 1ª $11.875,88 $13.182,23 $14.632,28
Cat. Administrativo de 2ª $13.180,01 $14.629,81 $16.239,09
Cat. Administrativo de 3ª $15.284,09 $16.965,34 $18.831,53
Cat. Administrativo de 4ª $17.180,07 $19.069,88 $21.167,57
b) Grupo B – Personal técnico
Cat. Técnico de 1ª $11.875,88 $13.182,23 $14.632.28
Cat. Técnico de 2ª $13.182,05 $14.632,08 $16.241,61
Cat. Técnico de 3ª $15.029,90 $16.683,19 $18.518,34
Cat. Técnico de 4ª $50244,41 $18.154,51 $20.151,51
Cat. Técnico de 5ª $17.314,82 $19.219,45 $21.333,59
c) Grupo C – Personal auxiliar
Cat. Auxiliar de 1ª $11.424,44 $12.681,13 $14.076,05
Cat. Auxiliar de 2ª $13.032,12 $14.465,65 $16.056,87
Cat. Auxiliar de 3ª $15.010,29 $16.661,42 $18.494,18

III) Menores ayudantes obreros, aprendices y empleados

Categoría Base de Cálculo 31/03/17 Desde 01/04/17 Desde 01/07/17
a) Menores ayudantes obreros
14 y 15 Años $53,95 $59,88 $66,47
16 y 17 Años $56,11 $62,28 $69,13
b) Aprendices
1er. Año $54,24 $60,21 $66,83
2do. Año $56,11 $62,28 $69,13
3er. Año $56,78 $63,03 $69,96
4to. Año $57,94 $64,31 $71,38
c) Empleados menores
6 Horas
14 Años $9.207,54 $10.220,37 $11.344,61
15 Años $9.483,80 $10.527,02 $11.684,99
16 Años $8.504,05 $10.549,50 $11.709,95
17 Años $9.554,80 $10.605,83 $11.772,47
8 Horas
16 Años $10.616,04 $11.783,80 $13.080,02
17 Años $10.984,38 $12.182,66 $13.533,85

Las personas interesadas en consultar la completa Escala Salarial 2017 de la UOM deben ingresar AQUÍ.

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4 comentarios en “UOM: Sueldos Básicos 2017-2018 – Rama 4 Automotor – Laudo 29”

  1. Hola quería saber si en el convenio laudo 29 Rama Automotriz es verdad que la categorizacion va por antiguedad y no por especialidad desde ya muchas gracias.

  2. Cual es el valor fijo que se descuenta por recibo de sueldo al empleado por el concepto de SEGURO DE SEPELIO (para la rama 4 automotor laudo 29.
    Gracias

  3. hola quiero saber si es obligario segun la uom,subir de categoria al personal despues de haber cumplido sierta cantidad de años.

    1. Javier No es obligación, la categoría depende de las tareas realizadas y de la eficiencia en el trabajo

Los comentarios están cerrados.

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