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Guía para Rúbricas de Documentación Laboral – Libro de Sueldos y Jornales por Internet

Para rubricar la documentación laboral en el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, es necesario que el empleador, previamente acceda al Registro de Empresa, sesión Sistema Unificado de Tasas Retributivas de Servicios Administrativos, de la página Web del organismo, trabajo.gba.gov.ar, gestiones en línea y complete el Formulario de Actualización de Datos que después deberá  validarlo en la delegación que corresponda a su domicilio. Es importante tener presente que a partir de la implementación de la actualización de datos de empresas todos los usuarios de este sistema deberán registrarse. Guía para rubricar documentación laboral en el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires: Ingresar a la página Web trabajo.gba.gov.ar Sistema de Rúbrica Ingresar al Sistema Escribir […]

Para rubricar la documentación laboral en el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, es necesario que el empleador, previamente acceda al Registro de Empresa, sesión Sistema Unificado de Tasas Retributivas de Servicios Administrativos, de la página Web del organismo, trabajo.gba.gov.ar, gestiones en línea y complete el Formulario de Actualización de Datos que después deberá  validarlo en la delegación que corresponda a su domicilio.

Es importante tener presente que a partir de la implementación de la actualización de datos de empresas todos los usuarios de este sistema deberán registrarse.

Guía para rubricar documentación laboral en el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires:

  • Ingresar a la página Web trabajo.gba.gov.ar
  • Sistema de Rúbrica
  • Ingresar al Sistema
  • Escribir su nombre de usuario
  • Palabra Clave y marcar el código de la seguridad
  • Registrar una empresa/usuario nuevo
  • Carga los datos de su empresa y luego por mail recibe su clave de seguridad para que vuelva a ingresar nuevamente al sistema y cargar USUARIO, CLAVE
  • Revisa los datos y si esta todo bien los válida e imprime el Formulario el cual debe estar firmado por el empleador y en le caso de no concurrir personalmente al Ministerio de Trabajo a realizar el Registro de su empresa, su firma debe estar certificada por escribano o entidad bancaria.

Es importante que si el empleador no desea realizar el trámite personalmente autorice a la persona mediante la actualización de datos.

Recién cuando el empleador tiene su empresa debidamente registrada esta en condiciones de volver a ingresar a la página del organismo, volver a repetir los pasos ingresando con su nombre de USUARIO y CLAVE e imprimir las boletas para el pago de las Tasas Retributivas para poder realizar luego la correspondiente rúbrica de la documentación, como por ejemplo el Libro de Sueldos y Jornales,  el valor de la tasa dependerá de la documentación y folios a rubricar.

La boleta se deberá pagar en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y/o medios autorizados.

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6 comentarios en “Guía para Rúbricas de Documentación Laboral – Libro de Sueldos y Jornales por Internet”

  1. El que diseñó este sistema de rúbrica no tiene idea de administración y es el rey de la burocracia.

  2. Fui al Ministerio y en Mar del Plata y no hay hojas de rùbrica …Yo pregunto que vamos a hacer cuando lleguen a la ciudad la tanda de inspectores y soliciten las hojas .Por que ellos despues no registran la falta del libro urgente necesitamos HOJAS por favor!!!!!y asi todo se soluciona .gracias.

  3. Graciela:
    Como se complico la rubricación de hojas móviles para libro sueldos.. Recien vengo de la delegación del ministerio de trabajo… Scaron una hojas especiales que las dan ellos despues de hacer todos los tramites y paga la tasa retributiva… pero vamos a tener que adaptar el sistema para que pueda imprimir en esas hojas..además si se pagan kms. va por seraparado. la verdad lo complicaron bastante como todo lo de sueldos ultimamente… Yo pregunto por curiosidad nada más ¿ CUANTO DEBE GANAR UNA PERSONA QUE SE ENCARGA DE TODOOO LO RELACIONADO CON LIQUIDACION DE SUELDOS?
    Como siempre muchisimas gracias por todo

  4. GRACIELA:
    ¿ Esta es una nueva normativa si no tengo clave no voy a poder imprimir las boletas? yo lo venia haciendo habitualmente
    Casualmente tengo que rubricar hijas próximamente ¿Tendre que darme de alta primero para que me manden una clave?..
    Disculpa leí este artículo y te estoy preguntado sin haber entrado a la página…. Esto es lo que pasa nos acostumbramos a que nos des toda la información y nos ponemos un poquito haraganas…. Muchísimas gracias por toda tu información

Los comentarios están cerrados.

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