Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
SALARIOS
Resoluci�n 1002/2009
F�janse las remuneraciones para el Personal de trabajo Dom�stico comprendido en las categor�as laborales establecidas por el Decreto N� 7979/56.
Bs. As., 9/11/2009
VISTO el Decreto Ley N� 326 de fecha 20 de enero de 1956 sobre el R�gimen de Trabajo del Servicio Dom�stico y sus modificatorios, el Decreto N� 7979 de fecha 7 de junio de 1956 Reglamentario del Decreto Ley del Servicio Dom�stico, y la Resoluci�n del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N� 1538 de fecha 9 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por Resoluci�n del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N� 1538/08, se fijaron a partir del 9 de diciembre de 2008, los valores de las remuneraciones mensuales m�nimas correspondientes a las categor�as laborales instituidas por el Decreto N� 7979/56 Reglamentario del Decreto Ley del Servicio Dom�stico.
Que, el Gobierno Nacional viene desarrollando una pol�tica activa de redistribuci�n de ingresos que hace pertinente, en esta instancia, una adecuaci�n de los valores fijados en la resoluci�n antes mencionada a fin de consolidar, progresivamente, la recuperaci�n del poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores.
Que en ese sentido corresponde adecuar las escalas salariales m�nimas del Personal de Trabajo Dom�stico, comprendido en el estatuto que rige la actividad, teniendo en especial consideraci�n los avances que, en materia de remuneraciones de los trabajadores en general, se han producido en el presente a�o en el marco de la negociaci�n colectiva.
Que dentro del marco descripto cabe tener presente los recientes incrementos dispuestos por el Consejo Nacional del Empleo, La Productividad y el Salario M�nimo, Vital y M�vil, tendientes a establecer l�mites precisos que permitan mantener el nivel de los salarios de los trabajadores.
Que el incremento dispuesto para este colectivo de trabajadores habr� de acompa�ar y potenciar el crecimiento equitativo de la econom�a como asimismo de la situaci�n socioecon�mica general.
Que se dicta la presente medida en uso de las atribuciones conferidas por el art�culo 13 del Decreto N� 326/56 y por el art�culo 23, inciso 13) del Decreto N� 438 de fecha 20 de marzo de 1992.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Art�culo 1� � F�jase a partir del 1� de noviembre de 2009 para el Personal de Trabajo Dom�stico comprendido en las categor�as laborales establecidas por el Decreto N� 7979/56, Reglamentario del Decreto Ley del Servicio Dom�stico, las remuneraciones mensuales m�nimas que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Art. 2� � La adecuaci�n salarial dispuesta por esta Resoluci�n ser� de aplicaci�n en todo el territorio de la Naci�n, con excepci�n de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia.
Art. 3� � Reg�strese, comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial, y arch�vese. � Carlos A. Tomada.
ANEXO I
REMUNERACION A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2009.
PRIMERA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs.)
CUARTA CATEGORIA: