Ley Nº 26.476 en su Articulo 16 referente a la Promoción y Protección del Empleo Registrado el empleador para acceder a los beneficios de las reducciones patronales de la Seguridad Social debe identificar a los trabajadores nuevos o a los preexistentes con ausencia total de registración con los siguientes códigos de Modalidad de Contratación:
Modalidad de contratación a utilizar para «Mi Simplificación» y Formulario 931 | |
Código | Descripción |
201 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 |
202 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 Trabajador discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
203 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 Trabajador discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
Hasta un tope de 10 Trabajadores en total | |
211 | Puesto Nuevo Art. 11 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado |
212 | Puesto Nuevo Art. 11 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.34 Ley 24.147 |
213 | Puesto Nuevo Art. 11 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.87 Ley 24.013 |
Más de 10 Trabajadores regularizados sin tope de números | |
221 | Puesto Nuevo Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado |
222 | Puesto Nuevo Art. 12 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.34 Ley 24.147 |
223 | Puesto Nuevo Art. 12 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.87 Ley 24.013 |
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Graciela buen Dia!! S.O.S tengo que dar un alta a 1 empleado de una pequeña metalurgica fabrican sinfines y Norias. donde busco las categorias y los importes a pagar? nunca he tenido ninguna metalurgica por favor alguien me da una manito? jejej desde ya muchas gracias.
Jajaja Graciela, perdon por el mareo!! Hoy averigue sobre el tema y me hacia problema de gusto, ya que al dia de la fecha todavia no se puede hacer las presentaciones,dado que en un futuro saldra un programa especial para liquidar cargas sociales anteriores al 12/2008 para este caso espacifico, por lo que lo unico que corresponde hoy son dar las altas por blanqueo con los codigos correspondientes y presentar y pagar por liquidaciones posteriores al 11/2008 por las cuales no hay condonacion alguna (salvo la reduccion del 50% en contribuciones seguridad social).-
Gracias!
Veronica:
A mi tambien me mareaste, podrias ser un poco mas clara, presentastes 931 por siap y en paralelo on line? La persona que formalizo ne noviembre 2008 antes estaba en negro y ahora la queres blanquear por la Ley 26.476?
Los codigos en Mi Simplificacion ya estan vigentes, tambien en Su declaracion desde el periodo de diciembre, ahora bien, las ddjj anteriores que hayan que presentar, con que codigos las presentamos? se puede esperar a que salga el nuevo aplicativo para que despues no haya que rectificar todo?
Tengo un caso donde una persona formalizo una relacion laboral en noviembre del 2008, cuando en realidad la fecha de inicio fue mediados del 2006, desde el 2007 viene presentando los 931 por otros trabajadores, por lo que tengo 931 presentados por sijip y luego por Mi Simplificacion, como hace las presentaciones por todos esos periodos? Empiezo con el aplicativo del siap hasta el 02/2007 a partir de donde se obliga a empezar a usar Mi Simplificacion, y que hago con las otras ddjj que tengo presentadas por plataforma siap hasta principio del 2008? Porque por mi simplificacion no las puedo rectificar porque no las tengo, en fin, creo que me marie! jajaja pero en realidad he realizado consultas a la afip y segun quien me atiende me da una respuesta distinta.- S.O.S!
Hola Graciela!
A mi no me deja colocar esos codigos ni cuando realizo el alta temprana ni tampoco en el F931, por que será?.
Gracias