Ley Nº 26.476 en su Articulo 16 referente a la Promoción y Protección del Empleo Registrado el empleador para acceder a los beneficios de las reducciones patronales de la Seguridad Social debe identificar a los trabajadores nuevos o a los preexistentes con ausencia total de registración con los siguientes códigos de Modalidad de Contratación:
Modalidad de contratación a utilizar para «Mi Simplificación» y Formulario 931 | |
Código | Descripción |
201 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 |
202 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 Trabajador discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
203 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 Trabajador discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
Hasta un tope de 10 Trabajadores en total | |
211 | Puesto Nuevo Art. 11 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado |
212 | Puesto Nuevo Art. 11 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.34 Ley 24.147 |
213 | Puesto Nuevo Art. 11 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.87 Ley 24.013 |
Más de 10 Trabajadores regularizados sin tope de números | |
221 | Puesto Nuevo Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado |
222 | Puesto Nuevo Art. 12 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.34 Ley 24.147 |
223 | Puesto Nuevo Art. 12 inc.b) Ley Nº 26.476 Regularización Personal no registrado discapacitado Art.87 Ley 24.013 |
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Natalia, alguna novedad?
Natalia, eso es lo que me paso el fin de semana cuando intente hacerlo, por eso hoy cuando consulte me dijeron que supuestamente se presenta todo por aplicativo sicoss, no por su declaracion, de esa manera te permite ingresar el codigo 999 en el 931 sin necesidad de que este coincida con el de mi simplificacion.-
Igualmente esperemos a ver que te dicen a vos porque no seria raro que las respuestas no coincidan., igualmente no veo viable otra forma de hacerlo.
Saludos y cuando tengas novedades te pido las comentes.-
Verónica:
Si eso es lo que supuestamente dice la ayuda del Sicoss; pero al momento de modificar el alta en mi simplificación con la fecha real de inicio no te permite poner el código 999, asi que le dejes el código de modalidad de contratación que le dejes, si luego queres hacer las Declaraciones juradas a través del sistema Su Declaración NO TE PERMITE PONER EL CODIGO 999 COMO DICE LA AYUDA, TE DICE QUE LO TENES QUE MODIFICAR EN MI SIMPLIFICACION, y en mi simplificación pasa que ese còdigo no existe.
Llamé a la Afip hoy y quedaron en llamarme para darme una solución pero hasta el momento no sé como solucionarlo.
Natalia, «supuestamente» en misimplificacion lo unico que se modifica es la fecha de inicio de relacion laboral.-
Luego se presentan los 931 (originales y rectificativas) por sicoss hasta el 11/2008, todo esto con el codigo de modalidad de contratacion 999 (asi no se crea la deuda).-
A partir del 12/2008 se presentan los 931 normales con el codigo de contratacion que le corresponde al empleado (en mi caso 08 que es el mismo que figura en misimplificacion).-
Alguien podra decir si esto es asi o se hace de otra manera? y en ese caso.. Como??
Saludos y buena semana!
Dimos de alta el 02-2009 a dos personas con el concepto 14 y con fecha 11/2008, ya que en ese momento no estaba la resolucin de AFIP para la Regularización Personal no registrado. Segun la resolucion se deben hacer las rectificativas desde el 11/2008? y si se hacen tendremos que ponerles a los empleados los codigos 211? apartir de que momento empesaran a corresr los descuentos.