El Ministerio de Desarrollo Productivo ha facilitado el acceso a los Créditos a Tasa Cero de AFIP para monotributistas. Con dicha normativa se eliminó el requisito relacionado con el promedio mensual de facturación del primer semestre del año. Previamente a esta medida, éste no podía ser mayor al 20% del promedio mensual del límite inferior de la categoría.
La flexibilización de los Créditos a Tasa Cero para Monotributistas se hizo con la Resolución 626/2021. Esa normativa fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
Los préstamos sin interés integran las medidas aplicadas por el Gobierno para disminuir el impacto negativo de la pandemia.
Debido a los problemas que algunos pequeños contribuyentes tuvieron para acceder al financiamiento, se eliminó un requisito clave. No se verificará que el promedio de facturación mensual del primer semestre no supere el 20% de su límite inferior.
Además ya no se requerirá que el promedio mensual de compras del primer semestre del año 2021 sea inferior al 80 % del resultante de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.
Para ambos casos se toma como límite la suma de $20.800 para los de la categoría A.
Al mismo tiempo, también se extiende el beneficio a aquellos que facturan al sector público.
El monto mínimo a solicitar es de $10.000 y el máximo depende de la categoría:
- A Hasta $90.000.-
- B hasta $120.000.-
- Resto de las categorías hasta $150.000.-
Nueva restricción para crédito a tasa cero
En la normativa se decidió excluir del beneficio a aquellos que aumentaron su categoría. Para ello se comparará la que están inscriptos al momento de hacer la solicitud con la vigente al 30 de junio de 2021.
Recordemos que la solicitud de crédito a tasa cero se hace mediante la página de AFIP con Clave Fiscal. De acuerdo a lo informado por el organismo, en los primeros 3 días del programa se recibieron 80.000 solicitudes.
Para los monotributistas social pueden sacar