Los trabajadores pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo del Comercio Nº 130/75 cuando cobren su sueldo del mes de abril el mismo será modificado. El acuerdo homologado el 8 de abril del 2008 por Resolución del Ministerio de Trabajo Nº 510/2008 tendrá carácter salarial remunerativo sobre su monto nominal.
Como es nuestra costumbre publicamos una planilla Excel, la cual podrán bajar a su computadora y modificar con sus datos: categoría y años de antigüedad para poder realizar su propio recibo de sueldo
Bajar la Planilla Excel Sueldos Abril 2009 Empleados de Comercio
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Hernan:
Hay nuevos basicos para liquidar y es así el sueldo tiene una merma importante, el a cuenta futuros aumentos tenes que seguir pagandolo, no entiendo lo del no remunerativo mas grande que el basico?
Hola, Graciela.
Te hago una consulta:
No me queda claro cómo liquidar ABRIL. Si bien sube el básico (supuestamente se incorporan los no remunerativos al mismo), los no remunerativos no eran fijos. Si los no remunerativos es una suma mayor a la que se incorpora al básico, sabés qué ocurre con la diferencia? Por otra parte, esta suba del básico no absorve conceptos de «a cta futuros aumentos» o similares, no? Si es así, hay una merma enorme en el sueldo en mano.
Muchas Gracias,
Hernán
Ana:
Si no tiene libros de sueldo tendria que por lo menos tener lso recibos. Tenes que tarmitar el libro de sueldos y jornales y pasar lo anterior, eso lo cobras aparte. Explicale que puede tener multa por no tener el libro de sueldo. Aveces no tienen libros ya que nunca quisieron pagar la compra y tramite del mismo preguntale a él
NATALIA:
Seguro que si pero hay que esperar las paritarias
Hola Graciela, tengo una duda. Una persona me pidió que le liquide los sueldos. El tema es que, si bien tenía alguien que se los liquidara antes, nunca tuvo libro de sueldos. Qué puedo hacer al respecto?