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Planilla Excel: Liquidar Empleados de Comercio, mes de Enero de 2011

En esta oportunidad le ponemos a disposición de nuestros visitantes, la tradicional planilla Excel para que se puedan orientar y liquidar el correspondiente sueldo del mes de enero de 2011, los Empleados de Comercio que se rigen por el Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. Les informamos que no es para nada difícil de realizar, sólo con  animarse  lo pueden lograr, sólo hay que  bajar la planilla adjunta a la computadora y luego modificar algunas celdas,  siempre y cuando sea necesario, y listo ya podrás comprobar que es muy sencillo, anímate y luego coméntamelo. Aquella persona que así lo disponga podrá bajar la planilla Excel a su PC y luego, en los casos de ser necesario, modificar los datos […]

En esta oportunidad le ponemos a disposición de nuestros visitantes, la tradicional planilla Excel para que se puedan orientar y liquidar el correspondiente sueldo del mes de enero de 2011, los Empleados de Comercio que se rigen por el Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. Les informamos que no es para nada difícil de realizar, sólo con  animarse  lo pueden lograr, sólo hay que  bajar la planilla adjunta a la computadora y luego modificar algunas celdas,  siempre y cuando sea necesario, y listo ya podrás comprobar que es muy sencillo, anímate y luego coméntamelo.

Aquella persona que así lo disponga podrá bajar la planilla Excel a su PC y luego, en los casos de ser necesario, modificar los datos por los propios y de esa manera obtener su recibo de sueldo y jornales del mes de enero de 2011. La planilla esta confeccionada incluyendo el último acuerdo salarial del día 16 de junio de 2010 del gremio.

El acuerdo salarial firmado por el Sindicato de Empleados de Comercio fue del 27% escalonado. Donde se estableció que los empleadores otorgaran una suma fija No Remunerativa de $75.- sumada a la base del calculo  del aumento, abonándose el incremento en tres cuotas:

  1. 15%, retroactivo al mes de mayo de 2010
  2. 7% mes de septiembre
  3. 5% en Diciembre de 2010.-

A partir de julio de 2010 se debe ir incorporando al sueldo básicos las Sumas no Remunerativas de los acuerdo anteriores, en doce cuotas iguales.

La planilla Excel confeccionada de ejemplo, contempla un empleado con la categoría de Administrativo “A” con 3 años de antigüedad.

La cual una vez bajada en la computadora, reiteramos, de ser necesario  puede ser modificada de acuerdo a los datos personales. Los cálculos se deben realizar tomando el básico del Sindicato del mes de junio de 2010, si su categoría no es la del ejemplo, usted modificará:

  1. Importe básico de su categoría, en la parte inferior de dicha planilla, celda E58
  2. Años de antigüedad en la empresa, celda C13

Solamente esas celdas son las que debería modificar y tener en cuenta para poder realizar su liquidación del mes de enero de 2011, como siempre quedamos a la espera de tu comentario o duda para saber si la planilla Excel publicada te es de ayuda y te resulta fácil su utilización.

Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio Enero de 2011

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25 comentarios en “Planilla Excel: Liquidar Empleados de Comercio, mes de Enero de 2011”

  1. hola, antes que nada muchas gracias, trabajo en telemarketer seis hs y media por dia lunes a viernes y gano $1800 en mano, sabés si habrá proximamente algún aumento para ese rubro?

  2. GRACIELA:

    Qusiiera saber si los basicos que mencionas en la planilla excel son correctos y legales. Mi pregunta es porque en nuestro trabajo nos siguen pagando con la escala de basicos 2008.!!
    Si nos pagan los acuerdos JUNIO 2010 mal! y van incorporando lo no remun a remun pero no hay modificacion de basicos.

    Gracias aguardo respuesta.

  3. Estimada Graciela
    Gracias por toda la información y planillas que pones a nuestra disposición.
    En lo que yo pueda colaborar,tenes mi dirección de correo.
    Saludos
    Alicia

  4. Hola Graciela:
    Cambio mi pregunta. Cuando se toman empleados se realiza un contrato a prueba por 3 meses y en la empresa también suelen tomar empleados en el verano para cubrir vacaciones. Yo lo que quería saber es si con solo realizar el contrato y hacerlo firmar por empleador y emleado es suficiente como constancia legal o si esos contratos deben registrarse en el ministerio de trabajo. Es una duda que me surgio y por eso te pase la consulta… y me parecía que por ahi se podía hacer el trámite por internet.
    Conclusión: ¿Con el contrato firmado por ambas partes es sufiente?
    Como siempre infinitassssssssssss gracias

  5. Estimada Graciela
    Gracias por toda la información y planillas que pones a nuestra disposición.
    En lo que yo pueda colaborar,tenes mi dirección de correo.
    Buen año para vos.
    Saludos
    Alicia

    1. Alicia

      Te agradezco mucho y si queres colaborar, bien venida sea avisame si tenes alguna novedad o alguna planilla para publicar y lo hago, tengo otras personas que me pasan información, no se tu actividad pero avisame, siempre todo es bien recibido

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