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Pagar el Seguro de Vida Obligatorio las Empresas

Recordamos que a partir de este mes  la Superintendencia de Seguros de la Nación, SSN, puso en marcha las nuevas pautas para pagar el Seguro de Vida Obligatorio las empresas. Comenzaron a regir la disposición que deben seguir los empleadores, al  momento de realizar el pago, debiendo informar el monto a cancelar a a través de las Declaraciones Juradas del Sistema de la Seguridad Social, con el formulario Nº 931.- Fueron modificadas las pautas del pago de seguro de vida obligatorio de sus empleados, deberán ser pagado a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, FACPCE, explicó que: «a partir de este […]

Recordamos que a partir de este mes  la Superintendencia de Seguros de la Nación, SSN, puso en marcha las nuevas pautas para pagar el Seguro de Vida Obligatorio las empresas. Comenzaron a regir la disposición que deben seguir los empleadores, al  momento de realizar el pago, debiendo informar el monto a cancelar a a través de las Declaraciones Juradas del Sistema de la Seguridad Social, con el formulario Nº 931.-

Fueron modificadas las pautas del pago de seguro de vida obligatorio de sus empleados, deberán ser pagado a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, FACPCE, explicó que:

  • «a partir de este mes, todos los empleadores deben pagar el seguro colectivo de vida obligatorio, utilizando el aplicativo que establece la AFIP para declarar los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social».
  • «Es decir, el empleador cancelará el monto ante el fisco, quien luego transferirá lo recaudado por tal concepto a las cuentas bancarias de las compañías aseguradoras, conforme a las pólizas emitidas por cada una de ellas».
  • «El pago de la prima está a cargo del empleador, y la misma se fija en $0,205 mensuales por cada $1.000. La suma asegurada es de $12.000 o la que en el futuro fije la SSN«,

El seguro de vida obligatorio cubre el riesgo de muerte, sin limitaciones de ninguna especie, de todo trabajador en relación de dependencia. Quedando excluido de esta cobertura los empleados rurales permanentes y los contratados por un término menor a un mes.

Gabriela Gluch, Consultora dejó en claro que: «el monto del seguro de vida obligatorio es igual para todas las compañías, mas allá de la actividad que realicen. Lo mismo sucede respecto a la suma asegurada».

ERREPAR, empresa de consultas tributarias, explicó otros puntos destacados de la nueva normativa:

  • Las aseguradoras serán las responsables de efectuar los controles de las sumas transferidas por la AFIP a las cuentas bancarias que éstas establezcan y su correspondencia con las pólizas emitidas.
  • Es obligación del empleador antes, de realizar el pago correspondiente firmar el contrato de adhesión, ya que aquel que abone el monto del premio, sin haber contratado una póliza con una aseguradora, no contará con cobertura automática en el seguro.
  • El pago del premio de las pólizas que amparen a los trabajadores domésticos continuará siendo abonado directamente a las aseguradoras.

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2 comentarios en “Pagar el Seguro de Vida Obligatorio las Empresas”

  1. buen dia,necesito saber al liquidar el suss hay nuevos campos a ingresar a saber:
    Con Poliza?
    Prima?
    costo de emision?

    Que se completa en cada caso?

    Muchas gracias, Viviana

    1. VIVIANA

      Voy a hacer un articulo sobre el tema, Con Poliza C.S.V.O. si la tenes contgratada la tilda Prima es porque algunos pagaron anual Costo de Emisión se paga una vez por año, cuando vence la poliza actual, lo preguntas en la compañia o te fijas en la poliza que tenes. Fijate el cargar ela remuneración del trabajador tilda en laparte de arriba si pertenece al CCT y si esta incuido en C.S.v.O.

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