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IERIC reemplaza la Libreta de Fondo de Cese Laboral por tarjeta «Soy Constructor»

El IERIC reemplaza las Libretas de Fondo de cese Laboral por las nuevas tarjetas «Soy Constructor» los empleadores sociedades constituidas comenzaron con la nueva implementación a partir del día 1º de abril del 2009, los empleadores unipersonales y sociedades de hechos lo harán a partir del 1º de julio del 2009. Las nuevas relaciones laborales que  se inicien deberán ser registradas a través de a pagina Web del IERIC utilizando la tarjeta «Soy Constructor». La misma permitirá emitir directamente la libreta de cese laboral de hojas móviles desde la oficina del empleador. IERIC dispuso de 90 días a partir de la implementación del nuevo servicio para que los empleadores se adecuen al mismo, pueden operar en forma manual en el […]

El IERIC reemplaza las Libretas de Fondo de cese Laboral por las nuevas tarjetas «Soy Constructor» los empleadores sociedades constituidas comenzaron con la nueva implementación a partir del día 1º de abril del 2009, los empleadores unipersonales y sociedades de hechos lo harán a partir del 1º de julio del 2009.

Las nuevas relaciones laborales que  se inicien deberán ser registradas a través de a pagina Web del IERIC utilizando la tarjeta «Soy Constructor». La misma permitirá emitir directamente la libreta de cese laboral de hojas móviles desde la oficina del empleador. IERIC dispuso de 90 días a partir de la implementación del nuevo servicio para que los empleadores se adecuen al mismo, pueden operar en forma manual en el transcurso de ese tiempo. Una vez vencido dicho lapso IERIC dejará de expender las actuales libretas manuales. las cuales continuaran vigentes hasta el momento de ser completadas.

La libreta de fondo de cese laboral de hojas móviles posee los elementos de seguridad necesarios y cumple con todos los requisitos requeridos por la Ley Nº 22.250, por lo que no hace falta registrar la relación laboral en la libreta manual. Inclusive al momento de dar la baja al trabajador este, puede ir al banco a retirar sus fondos.

Modificaciones:

  • Para poder estar en condiciones de imprimir la nueva libreta de fondo de cese laboral de hojas móviles, el empleador deberá completar toda la información requerida por el IERIC referente a esa relación laboral y además deberá encontrarse al día en el pago de los aranceles anuales.
  • Previamente el empleador deberá dar el alta al trabajador en la AFIP, «Mi Simplificación». La fecha de inicio de la relación laboral debe coincidir con la dada en la AFIP
  • Cada empleador contará con nombre de usuario y una clave para poder imprimir el alta del trabajador. Esta generación y operación posterior de la página Web no requiere e la presencia de un lector de credenciales. Se podrá realizar con un tramite simple para el cual se deberá tener a la vista el recibo del ultimo pago de arancel ante el IERIC.
  • Las libretas de hojas móviles se podrán imprimir en cualquier momento, una vez declarada la relación laboral y hasta los diez (10) días posteriores a la baja del trabajador. La declaración del inicio de la relación laboral deberá ser informada dentro de los quince (15) días hábiles. Pasado dicho plazo, deberá solicitarla en una oficina del IERIC, abonando la multa correspondiente.
  • La libreta contará con un algoritmo de seguridad para validar que le contenido de las hojas móviles impresas ha sido emitido utilizando el sistema de gestión del IERIC, pro lo tanto no será necesaria la rubrica.
  • Durante todo el tiempo que dure una relación laboral, los empleadores podrán visualizar los datos del trabajador, su historia y generar las actualizaciones de información que sena necesarias hasta el momento de dar la baja de la relación laboral ante la AFIP
  • El empleador que no posea lectoras de la credencial podrá realizar el trámite de impresión de la libreta de fondo de cese laboral de hojas móviles en cualquier representación del IERIC

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68 comentarios en “IERIC reemplaza la Libreta de Fondo de Cese Laboral por tarjeta «Soy Constructor»”

  1. Si si lo sabia.
    Llame al IERIC y me dijeron que lo del fondo de cese laboral no se puede pagar en efectivo, que lo arregle con un abogado y el empleado, si todavia no tengo las cuentas del fondo de cese laboral abiertas todavia.
    Te hago una pregunta, la cuenta del fondo de cese laboral tiene qu estar en el mismo banco donde se encuentran la cuenta sueldo?
    Todos los bancos tienen la obligacion de abrir las cuentas del fondo de cese laboral del IERIC?

    1. virginia

      No necesariamente en la cuenta sueldo, ante solamente se podia abrir en el Banco de la Nación, ahora se que la reciben otros pero consulta y siempre que te la recban es válida.
      Si se puede pagar en efectivo, siempre y cuando el empleado ingrese despues del día 20 del mes y se retira antes del 15 del otro mes, tengo un articulo publicado

  2. El empleado ingreso el 07/06/2010 y egreso el 21/10/2010…
    Le aconsejo al empleador que le pague el fondo de cese laboral en efectivo? Yo imprimi lo de las hojas moviles ya. Que me recomendas que haga!
    Gracias por tu ayuda.

  3. todavia el empleador no abrio la cuentas del fondo de cese laboral, y renuncio un empleado…como hago en ese caso? Cobra cuando se abra la cuenta, con sus respectivos intereses?

  4. hola yo perdi mi libreta de fondo de desempleo si o si tengo que aser la denuncia en rrejistro civil. para que la empresa me aga de vuelta

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