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Empleados de Comercio: ¿Es posible cobrar el Seguro de Retiro La Estrella, si continuo trabajando?

Como ya hemos anunciado anteriormente,  todos los empleadores con trabajadores dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, o sea del Sindicato de los Empleados de Comercio, deben aportar obligatoriamente un aporte del 3.5% del total de la remuneración de cada trabajador a modo de contribución patronal a una cuenta de Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al respectivo CCT. Existen muchas dudas en relación a este Seguro de Retiro adicional que es exclusivamente para los trabajadores encuadrados dentro del CCT Nº 130/75 de los Empleados de Comercio. Si bien es un beneficio creado desde el Sindicato para que los empleados de comercio, al momento de jubilarse reciban aporte […]

Como ya hemos anunciado anteriormente,  todos los empleadores con trabajadores dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, o sea del Sindicato de los Empleados de Comercio, deben aportar obligatoriamente un aporte del 3.5% del total de la remuneración de cada trabajador a modo de contribución patronal a una cuenta de Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al respectivo CCT.

Existen muchas dudas en relación a este Seguro de Retiro adicional que es exclusivamente para los trabajadores encuadrados dentro del CCT Nº 130/75 de los Empleados de Comercio.

Si bien es un beneficio creado desde el Sindicato para que los empleados de comercio, al momento de jubilarse reciban aporte extra que se sumara al de su jubilación, muchas veces el trabajador es despedido o renuncia antes de la edad para jubilarse y este es el momento para reclamar su cobro, pero además surgió entre nuestros visitantes una consulta:

¿Es posible cobrar el Seguro de Retiro La Estrella, si continuo trabajando?

En el caso de la consulta planteada se refería a un trabajador que continuaba trabajando en la misma empresa, pero fue cambiado de CCT, por lo que dejo de pertenecer al Sindicato de los Empleados de Comercio, y la respuesta fue Si puede reclamar el cobro del seguro, ya que el empleador dejaría de realizar el aporte.

Por lo tanto es posible el cobro del Seguro de retiro La Estrella, para lo cual es necesario remitir la siguiente documentación:

  1. Acudir al Sindicato de la zona o bajar el mismo al pie del articulo, Formulario Solicitud de Rescate (El mismo deberá estar impreso, completo en su totalidad con firma y aclaración manuscrita del Asegurado)
  2. Fotocopia de D.N.I. (las tres primeras hojas)
  3. Fotocopia del último recibo de sueldo dentro del Convenio 130/75.
  4. Fotocopia del primer recibo de sueldo fuera del mencionado convenio.

Se deberá mandar toda la documentación por correo o dirigirse personalmente a Compañía de Seguros de Retiro La Estrella, cuya dirección es San Martín Nº 483 6º piso (1348) Capital Federal.

Si mandas todo por correo espera aproximadamente unos 10 días y llama por teléfono entre la 10.00 y las 17.00 horas al Nº 011-4320-7000.

Agradecemos la Colaboración de Guille

Bajar Formulario de Rescate Seguro de Retiro La Estrella.

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77 comentarios en “Empleados de Comercio: ¿Es posible cobrar el Seguro de Retiro La Estrella, si continuo trabajando?”

  1. hola mi pregunta es si me corresponde reclamar mi dinero si lo tengo de otro empleador NO actual trabaje 7 años para una empresa de seguridad tambien me corresponde tener un «rescaste» auque no se empleado de comercio desde ya a la espera de una pronta respuesta muchas gracias

  2. mi empleador hace mas de un año que dejo de pagar el seguro porque dijo que ya no es obligatorio es asi? puedo cobrarlo aunque siga trabajando o cuando deje de trabajar tengo como 10 años de aportes al seguro gracias

  3. Claudia Patricia

    Me comentan del comercio donde deje de trabajar hace casi 5 años que tengo un dinero para cobrar. Me piden recibos de sueldo que ya no tengo. Se puede hacer algo al respecto? Agradecere respuesta

  4. Hola buenas noches quiero llenar el formulario de solicitud de rescate y en datos de mi empleador me piden nro de la subpoliza como lo averiguo???agradezco su respuesta

  5. Hola queria hacer una consulta sobre el seguro de retiro la strella mira trabajo en c..e san luis estamos bajo el convenio de comercio y estamos pronto a cambiar al convenio de perfumista que al que pertenecemos mi pregunta es que segun hemos podidod averiguar la fabrica nunca pago este seguro es mas tenemos un compañero que por problema de salud lo estan por jubilar y el seguro no se lo van a pagar.
    Uds que me pueden decir tenemos que poner un abogado para poder cobrar el rescate o en este caso no es posible hacer algun reclamo

    1. eduardo

      Este seguro s obligatorio asi que la empresa tiene que pagarlo, pero yo no te puedo decir que pongan un abogado ya que la empresa podria tomar medidas. Tu compañero que lo estan por jubilarse puede reclamarlo y ustedes depende de lo que cada uno quiera hacer igual lo puede reclamar mas adelante Es una decisión personal

Los comentarios están cerrados.