La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el reintegro en pagos electrónicos de compras para sectores vulnerables. El beneficio se aplicará hasta el 30 de junio de 2022. De la mano de esta medida, los jubilados y pensionados reciben una devolución de hasta $1200 mensuales. En el caso de la Asignación Universal por Hijo (AUH), el subsidio es de hasta $2400 al mes.
El reintegro en compras para AUH, jubilados y pensionados es aplicado de forma directa cuando se hacen pagos con tarjeta.
Los beneficiarios no necesitan hacer ningún trámite, el beneficio es automático. Para que sea aplicado sólo se debe usar la tarjeta de débito. Ésta tiene que estar asociada a la caja de ahorro en la que se cobran los haberes o la asignación.
El porcentaje de reintegro es del 15% sobre el total de la compra. Es decir, no es solamente sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Si bien extendió el plazo del beneficio, AFIP no modificó el tope del mismo. Desde mediados de 2020 es de $1200 por beneficiarios, $2400 si se cobra más de una AUH.
Esta política social permite que los ingresos de los sectores más vulnerables rindan más. La misma se creó con la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva y se fue extendiendo a causa de la pandemia.
¿Quiénes reciben el reintegro en compras?
- Jubilados y pensionados de la mínima.
- Pensiones no contributivas (PNC) por incapacidad, por vejez y madres de 7 hijos.
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- AUH y Asignación por Embarazo.
¿Qué compras obtienen el reintegro?
El beneficio es aplicado a los pagos con tarjeta en supermercados, kioscos, almacenes y farmacias. También alcanza a las operaciones hechas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
Los beneficiarios no necesitan informar al cajero que están alcanzados por el programa. La devolución es directa.
Para verificar si se está incluido en el beneficio es necesario hacer clic aquí. Otra manera de hacerlo es mirando el resumen de la cuenta bancaria, en la cual debe figurar bajo el concepto «Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541».
Recordemos que este programa es llevado adelante por la AFIP, no tiene relación con Beneficios Anses