Desde el 1° de enero de 2022 se aplican cambios para la mayoría de los empleados que se enfermen de Covid-19. Las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) ya no consideran el coronavirus como una enfermedad presuntamente laboral. Solamente se considerará de tal forma a los trabajadores de la salud y fuerzas de seguridad que cumplan servicio efectivo.
El Decreto 413/21 consideraba presuntamente una enfermedad de origen laboral al coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2021.
A partir del corriente mes, aquellos que contraigan esta enfermedad deberán reclamar ante las Comisiones Médicas. Se requerirá que ellos demuestren la relación causal directa e inmediata de la patología con su actividad laboral.
El Covid-19 era considerado presuntivamente una enfermedad de carácter profesional no listada. Por lo cual, las ART debían prestar su cobertura si prestaban sus servicios en sus lugares habituales de trabajo.
Desde este mes, los trabajadores podrán recurrir a las Comisiones Médicas si consideran que el contagio fue en su trabajo. Con lo cual se irá analizando cada caso en particular.
Al presentarse el reclamo se tendrá en cuenta la cantidad de casos en el lugar de trabajo. También se verificará si el contagio ocurrió cumpliendo tareas esenciales.
En los casos en los cuales se combina la labor presencial con el teletrabajo se verificará su los días previos al resultado positivo se visitó el establecimiento habitual de trabajo.
Cabe señalar que en octubre se aplicó un aumento de la cuota mensual pagada por la ART. Se elevó de $060 a $49.98.
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