La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) indica la cantidad de días de vacaciones para empleados domésticos en 2022. Ésta depende de la antigüedad del trabajador de casas particulares al 31 de diciembre de cada año. Los empleadores deben abonarlas al inicio de las mismas.
Al igual que el resto de los trabajadores, los empleados del servicio doméstico tienen derecho a tener vacaciones pagas.
Los empleadores deben registrar a su personal doméstico en la página de AFIP. Esta registración brinda derechos al dependiente como es el caso de aportes, obra social y vacaciones.
La liquidación de las vacaciones se hace considerando los años trabajados al 31 de diciembre. Por lo cual, si alguien empezó a trabajar el 1° de enero de 2022 no le corresponde el beneficio.
Su otorgamiento se debe hacer del 1° de octubre al 30 de abril. Una vez cada tres años debe ser durante el verano. La notificación del período de descanso se tiene que realizar fehacientemente con una anticipación no inferior a 45 días.
El cálculo es multiplicando el número por el salario diario cobrado. Su pago se tiene que realizar al comienzo de las vacaciones.
Los días de vacaciones son corridos. Es decir, no se consideran los fines de semana ni feriados.
Días de vacaciones del servicio doméstico
Antigüedad | Días corridos |
---|---|
6 meses a 5 años | 14 |
5 a 10 años | 21 |
10 a 20 años | 28 |
Más de 20 años | 35 |
En el caso de personal con retiro, cuando no llegare a totalizar los 6 meses gozará de un descanso anual remunerado. Éste no podrá ser inferior a la siguiente proporción:
Semanas de trabajo | Días corridos |
---|---|
4 a 7 | 1 |
8 a 11 | 2 |
12 a 15 | 3 |
16 a 19 | 4 |
Más de 20 | 5 |
Forma de liquidar las vacaciones
Jornalizados por hora: Se multiplican los días que hubiese trabajado durante las vacaciones por la cantidad de horas trabajadas habitualmente y por el importe cobrado por cada hora.
Jornalizados por día: Se multiplica la cantidad de días que hubieran trabajado por el monto cobrado por día de forma habitual.
Mensualizados: Se abona al inicio de las mismas y se calculan multiplicando el número de días que hubiese trabajado durante las vacaciones por el jornal diario. A fin de mes, empleador tendrá que abonar los días trabajados.
Plan Registradas
AFIP sigue adelante con el Plan Registradas. El mismo otorga un subsidio de hasta $15.000 para el pago de sueldos por el plazo de 6 meses. Su inscripción se hace desde la web del organismo tras dar el alta de la relación laboral.
El plazo máximo para solicitar el beneficio es el 30 de junio de 2022. Sólo puede ser gestionado por el empleador.
Una vez aprobada la solicitud se abre una cuenta a nombre de la empleada. En ella se acreditará el subsidio y el empleador deberá pagar la diferencia hasta completar la remuneración.
Una consulta yo trabajó 4hs de lunes a viernes .80 hs mensuales en blanco y me pagan 15 600 .con el aumentó q hubo q se fue 299$ xq me pagan 275$ la hora .Y las vacacionea se pagan aparte o van incluidas con el sueldo xq si es así,las de.enero me lo pagaron asi .gracias espero sus repuestas
Hola una pregunta me llamo viviana , trabajo 8 días al.mes cuantos días de vacaciones me corresponde ? . Hace 7 años que trabajo en el.mismo lugar .
21 días corridos y te pagan como si hubieses ido a trabajar
Hola! Soy empleada doméstica, llevo casi 9 años trabajando en la misma casa , en blanco. Según la Sra. me paga por hora , pero, las vacaciones me divide por 30. Eso está bien?
A mi me dieron 4 días de vacaciones pero no me las pagaron… yo le había dicho que me las tenían que abonar el día que salía de vacaciones y no me lo abonaron. Mi otra duda es trabajo de lun a sab. Más de 16 hs semanales , el día sábado se toma también como día de vacaciones, o las vacaciones se tienen que dar de lun a viernes?
las vacaciones son corridas de lunes a domingo
Yo supestamente estoy en «blanco»me dan recibos …pero los dias q no trabajo no cobro ,los dias feriados no me pagan doble y creo q me correspo de ….pero si me pagan vacaciones aguinaldos ..ento ces no entiendo como no me pagan los dias de enfermedad????
Hola. Estoy en la misma situación me fui al sindicato para preguntar y me dijeron que debían abonar me los feriados las carpetas siempre y cuando certifique un papel del médico. Las vacaciones y me deben de dar aguinaldo eso es lo que me corresponde que habalara co mi empleador si en un caso ko quería pagarme que le dijera que me despida pero jamas yo renunciar y si no quería que metiera un abogado para que pague todo lo que debería abonar
Yo trabajo 160 horas mensuales y cobro 38000 esta bien pero tengo rrt
Necesito tareas, antigüedad, días y horas