Los trabajadores afiliados al SIJP (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2007 que no hubieren ejercido la opción dentro de los treinta (30) días de su inscripción, permanecerán en el sistema de Capitalización a menos que opten por el de Reparto en el periodo general del traspaso (12 de abril al 31 de diciembre de 2007).
Los trabajadores que tengan su ingreso al SIJP a partir del 1º de abril y hayan quedado incluidos en el Régimen de Reparto por no haber ejercido la opción expresamente dentro de los noventa días del alta, podrán optar por el de Capitalización hasta el día de vencimiento del próximo periodo que implemente el Poder ejecutivo Nacional a tal fin.
A los fines de determinar el régimen elegido por el afiliado sólo se tendrá en cuenta su primera manifestación de voluntad registrada de acuerdo con el mecanismo que para ello implemente la ANSeS
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.