La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) emitió un comunicado sobre la fe de vida digital. Dicho trámite es obligatorio para todos los jubilados y pensionados. El organismo previsional indicó que desde noviembre de 2020 se solicita a los bancos a digitalizar la acreditación de supervivencia. Es por esta razón que todas las entidades financieras deberían ya usar la tecnología para su gestión a distancia.
El 17 de febrero de 2021, Anses volvió a requerir a los bancos que permitan el trámite de fe de vida digital.
La acreditación de supervivencia se suspendió durante la emergencia sanitaria decretada por la pandemia del coronavirus. Esta medida cuidó la salud de los beneficiarios y les aseguró el corbo de sus beneficios sin generarles inconvenientes.
Desde hace mucho tiempo, el organismo expresó la idea de eliminar la gestión. Tras la suspensión de la misma por tanto tiempo dio a pensar que finalmente esto ocurriría. Sin embargo, el Estado Nacional volvió a requerirla este mes.
El trámite es obligatorio para todos aquellos que cobran una jubilación y/o pensión contributiva o no contributiva.
Los bancos son los responsables de controlar que no se hagan pagos de haberes de Anses indebidos. Es por esta razón que son ellos los que determinan la forma y la regularidad para que se lleven adelante.
La mayoría de las entidades hacen la acreditación cuando se realiza un compra usando la tarjeta de débito. Ésta tiene que ser la que está vinculada a la cuenta en la cual se cobran los haberes previsionales cada mes.
Acreditación de fe de vida presencial
Obviamente, aquellos que lo prefieran pueden hacer la gestión presencialmente en las sucursales bancarias. Al momento de hacerlo tienen que presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE); y una copia del recibo de haberes.
Anses permite descargar el recibo de haberes desde su página usando la Clava de la Seguridad Social.
Suspensión de pagos
Las personas que no cumplan con la gestión recibirán una suspensión en el pago mensual. Los pagos se volverán a activar a los 60 días de hecho el trámites. Es decir, los titulares no deben ir a una oficina para pedir un repago.
Es aconsejable consultar a la entidad pagadora cómo y cada cuánto se tiene que llevar adelante el trámite.
GRACIAS POR LA NOTICIA YA SABIA PERO ES BUENO SABERLO