El día de hoy, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) habilitó la inscripción al Plan Repro II. Por medio del mismo, los empleadores reciben un subsidio de $22.000. Esta se trata de una de las ayudas otorgadas en el marco de la pandemia. La fecha límite para realizar el trámite en AFIP será el 30 de marzo de 2022.
Los sectores críticos pueden anotarse desde hoy al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II).
También se habilitó la inscripción al programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes; y al de asistencia de emergencia y extraordinaria a los productores frutícolas y afines.
Por medio de estos programas, el Gobierno de Alberto Fernández ayuda en el pago de salarios devengados en marzo.
Para solicitar el beneficio el solicitante debió ver afectada negativamente su facturación interanual. Se tiene que considerar la de febrero de 2022 en comparación a la del mismo mes de 2019. Aquellas empresas que iniciaron su actividad con posterioridad al 1° de enero de 2019 no necesitan hacer la comparación.
El MTEySS indicó que se considerará la nómina de personal y los salarios de referencia de febrero pasado.
En el caso de trabajadores independientes de sectores críticos, la variación de la facturación tiene que ser mayor al 30%. El período de referencia de pagos a acreditar será para autónomos desde julio de 2021 hasta enero de 2022; y para monotributistas desde agosto de 2021 y febrero de 2022.
Monto del subsidio según sector
- Críticos y de salud: 70% de la remuneración neta hasta $22.000.-
- No críticos: 70% de la remuneración neta hasta $9.000.-
Solicitud del Plan Repro II
La solicitud del programa está disponible para sectores críticos, afectados no críticos y de hotelería. Ellos deben tener una variación nominal menor al 123,5% en los últimos tres años, 30% en términos reales. Para el sector de sanidad se eleva el porcentaje al 219,1%, sin variación real.
Los contribuyentes deben hacer la solicitud desde la página de AFIP con Clave Fiscal. Es indispensable tener cargados los datos de la cuenta bancaria (CBU) de cada trabajador.
Algo habría que instrumentar para sancionar a las empresas que utilizaron la REPRO para pagar casi el 100% de las vacaciones no gozadas de personal dado de baja