El lunes pasado, el Presidente Alberto Fernández anunció un nuevo proyecto de ley. Dicha iniciativa consiste en la aplicación de una ampliación de las licencias por maternidad y paternidad. Ésta no sólo propone agregar días a la cantidad vigente sino que también extender el beneficio. En caso de sancionarse se incluirán en el régimen a trabajadores inscriptos en Autónomos y Monotributo; y empelados del servicio doméstico.
Lamentablemente, nuestro país tiene el peor régimen de licencias de toda Latinoamérica. Incluso está por debajo de lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La OIT recomienda una licencia por maternidad de 98 días. En nuestro país la misma es de 90 días para empleadas en relación de dependencia. En el caso de los padres reciben una de solamente 2 días corridos.
Los trabajadores independientes no son alcanzados por el régimen. Si bien su trabajo está formalizado, en esta etapa de sus vidas no reciben ningún tipo de ingreso. Es por esta razón que están obligados a seguir trabajando.
Lo mismo ocurre con los empelados domésticos, quienes poco a poco van ganando derechos.
A causa de esta situación, las autoridades confeccionaron un proyecto de ley. En el mismo se iguala derechos incluyendo en el régimen a estos trabajadores.
Cantidad de días de licencia propuestos
En caso de sancionarse la Ley Cuidar en Igualdad se propone elevar la licencia por maternidad a 126 días. Esta suba se aplicaría apenas entrara en vigencia la nueva legislación.
La licencia para personas no gestantes sería aplicada de forma progresiva. Tras la sanción sería de 15 días. Desde los 2 años subiría a 30 días, a los 4 años de 45 días, a los 6 años de 60 días y a los 8 años de 90 días.
Los empelados domésticos, monotributistas y autónomos cobrarán un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en este plazo. Estos pagos estarán a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Con lo cual será necesario verificar los datos en su página.