La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, les paga a los trabajadores en relación de dependencia y/o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, una suma fija por única vez al inicio de las clases por cada hijo que tiene derecho al cobro de la Asignación por Hijo menor de 18 años y/o Asignación por Hijo Discapacitado sin límite de edad, que concurre a un establecimiento educativo.
Como ya hemos informado anteriormente, ANSES dice que si el beneficiario percibe normalmente las Asignaciones por hijo y/o por Hijo Discapacitado, no es necesario llevar el certificado escolar.
Solamente en los casos donde ANSES no lo pague, el beneficiario deberá previamente sacar un turno para llevar la documentación.
El turno se puede sacar por teléfono, a la línea gratuita 130 o por Internet, ingresando a la página de ANSES.gob.ar, sesión “Autopista de Servicios”, “Solicitud de Turnos”. Es importante imprimir y conservar la información con el día y la hora, recién al día siguiente y debiendo confirmarlo antes de los 7 días de la fecha indicada.
Muy IMPORTANTE se debe presentar a la oficina de ANSES con toda la documentación y formularios completos, de lo contrario perderá el turno, debiendo nuevamente solicitar otro.
Requisitos y Formularios para cobrar la Ayuda Escolar
Se debe recordar que solo si es necesario, o sea si no cobra la Asignación por Hijo y/o Hijo Discapacitado o si ANSES no lo paga.
- Formulario de la Asignación Familiar Ayuda Escolar Anual, PS 2.68 que se baja de la página de ANSES, sesión Ayuda Escolar. Debidamente cumplimentado. Solamente después de los 120 días corridos después del inicio de las clases y/o tratamiento de rehabilitación.
Documentación a acompañar a los formularios:
- Partida de Nacimiento de o de los Menores.
- DNI de ser posible de todo el grupo familiar.
- Sólo en los casos cuando el Formulario PS 2.68 no este totalmente cumplimentado, se deberá adjuntar el Certificado Escolar y/o Certificado del tratamiento de Rehabilitación.
La Ayuda Escolar la cobran los beneficiarios con derecho al cobro de la Asignación por Hijo, solamente hasta el mes que cumple los 18 años, o bien los que reciben la Asignación por Hijo Discapacitado, sin limite de edad.
La perciben por los menores de 18 años que cursen desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
También la perciben cuando los menores concurran regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. Si el menor concurre a un Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el NIVEL INICIAL.
Muy IMPORTANTE el trámite lo realizar trabajador o apoderado en la oficinas de ANSES, pero cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares este tiene la OBLIGACION de adjuntar copia de la documentación presentada en el organismo, ya que si bien, es ANSES el encargado de pagarle las Asignaciones Familiares, los empleadores son los encargados de cargar los datos en la base, a través del sistema de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, “Mi Simplificación”, si no se completa todo el trámite puede tener problemas y no cobrar las Asignaciones Familiares.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Hola mi marido trabaja en blanco y cobra el salario de mi hijo.. y mi nene empieza salita de 4.. cmo tenemos q hacer para cobrar el salario escolar?
DEbora
Presentas el formulario que se completa y además se puede presentar por Internet
http://www.econoblog.com.ar/25191/presentacion-formulario-cobro-ayuda-escolar-anual-2014-por-internet/
hola necesito informacion tengo una nena d 15 años bajo guarda hace poco me dieron un formulario ps 1.47 para cargar en el sistema eso lo tengo q hacer cada año para cobrar?
Consulta. el certificado escolar, cada cuanto debo presentarlo y en que fecha ?, yo hace tres años que cobro el salario de tres hijos, repito para cobrar la Ayuda escolar ?
ALFREDO
Anses a los trabajadores si tiene bien cargado los datos en su base lo paga masivamente entre marzo y abril pero el trabajador tiene la obligación de presentar el formulario todos los años antes de fin de año. si ANSES lo paga y no se presenta se desceunta y si no lo paga es para que entre los 60 y 90 días lo pague. Se debe tener en cuenta para el tope salarial sueldo bruto mes de febrero de cada año
hla tengo 2 hijas una cobra pensión no contributiva y la otra asignasion, q documentación debo presentar???
MIRTA
Ayuda escolar es una Asignación que cobran los trabajadores no los edsocpados
Hola tengo dos hijos de 7 y 10 años mi marido trabaja en Blanco y cobra alrededor de 15mil me corresponds igual el salario escolar de los chicos?
fernanda
Tope salarial sueldo bruto del mes de febrero si percibe mas de $15.001 no cobra