La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, les paga a los trabajadores en relación de dependencia y/o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, una suma fija por única vez al inicio de las clases por cada hijo que tiene derecho al cobro de la Asignación por Hijo menor de 18 años y/o Asignación por Hijo Discapacitado sin límite de edad, que concurre a un establecimiento educativo.
Como ya hemos informado anteriormente, ANSES dice que si el beneficiario percibe normalmente las Asignaciones por hijo y/o por Hijo Discapacitado, no es necesario llevar el certificado escolar.
Solamente en los casos donde ANSES no lo pague, el beneficiario deberá previamente sacar un turno para llevar la documentación.
El turno se puede sacar por teléfono, a la línea gratuita 130 o por Internet, ingresando a la página de ANSES.gob.ar, sesión “Autopista de Servicios”, “Solicitud de Turnos”. Es importante imprimir y conservar la información con el día y la hora, recién al día siguiente y debiendo confirmarlo antes de los 7 días de la fecha indicada.
Muy IMPORTANTE se debe presentar a la oficina de ANSES con toda la documentación y formularios completos, de lo contrario perderá el turno, debiendo nuevamente solicitar otro.
Requisitos y Formularios para cobrar la Ayuda Escolar
Se debe recordar que solo si es necesario, o sea si no cobra la Asignación por Hijo y/o Hijo Discapacitado o si ANSES no lo paga.
- Formulario de la Asignación Familiar Ayuda Escolar Anual, PS 2.68 que se baja de la página de ANSES, sesión Ayuda Escolar. Debidamente cumplimentado. Solamente después de los 120 días corridos después del inicio de las clases y/o tratamiento de rehabilitación.
Documentación a acompañar a los formularios:
- Partida de Nacimiento de o de los Menores.
- DNI de ser posible de todo el grupo familiar.
- Sólo en los casos cuando el Formulario PS 2.68 no este totalmente cumplimentado, se deberá adjuntar el Certificado Escolar y/o Certificado del tratamiento de Rehabilitación.
La Ayuda Escolar la cobran los beneficiarios con derecho al cobro de la Asignación por Hijo, solamente hasta el mes que cumple los 18 años, o bien los que reciben la Asignación por Hijo Discapacitado, sin limite de edad.
La perciben por los menores de 18 años que cursen desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
También la perciben cuando los menores concurran regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. Si el menor concurre a un Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el NIVEL INICIAL.
Muy IMPORTANTE el trámite lo realizar trabajador o apoderado en la oficinas de ANSES, pero cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares este tiene la OBLIGACION de adjuntar copia de la documentación presentada en el organismo, ya que si bien, es ANSES el encargado de pagarle las Asignaciones Familiares, los empleadores son los encargados de cargar los datos en la base, a través del sistema de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, “Mi Simplificación”, si no se completa todo el trámite puede tener problemas y no cobrar las Asignaciones Familiares.
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Tengo una nena se el año que viene empieza sala de cinco en jardín estatal.como hago para cobrar la escolaridad??yo cobro la asignación por hijo.pero nunca cobre la ayuda escolar debido a que la guardería era privada particular..yo consulte en andes y me dihjieron que a partir de los cinco años el pago es automático ,no hace falta presentar formulario…
jesica, el año que vienen cuando la escuela te firme y selle el formulario 2.68, te pagan la Ayuda Escolar, se completa por internet se imprime y lleva al colegio para que firmen y sellen, luego lo escaneas y manas a ANSES
http://www.econoblog.com.ar/25251/presentar-formulario-ps-2-68-de-certificado-de-escolaridad-en-www-anses-gob-ar/
Hola, yo soy jubilada de ministerio de seguridad y cuando estaba en actividad me pagaban ayuda escolar, cuando me jubile me dijeron q no se pagaba. Tengo mis hijos menores en edad escolar. Puedo realizar ese tramite,? Corresponde se me abone dicha ayuda? Gracias
Gabriela, si cobras Asignación por hijo en ANSES, si te corresponde o tu jubilación es por otra caja?
que tramites se tiene que hacer para asignacion por discapacidad es para mi nieto de 1 año con discapacidad el papa no tiene un trabajo estable y mi nuera es profecional monotributista pero no esta trabajando por la atencion al bebe.le agradezco si me asesoran para ver que tienen que hacer,somos de rosario santa fe
graciela, lamentablemente si uno de los padres es Monotributistas no le pagan asignaciones
Para tener el beneficio tiene q ir a un colegio estatal o también puede ser privado?
Cintia, tiene que cobrar Asignación por Hijo no importa si va a privado o estatal
Hola yo quería saber como hago saque el turno x internet perro no anote el num de referencia como hago para imprimir tengo pasta el 23 de octubre
laura, si no tenes el Nº de registro no podes confirmarlo por lo que vas a tener que ir a ANSES y pedirles que te lo den para