La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó la difusión de los nuevos montos de las cuotas de autónomos. Estos importes tienen vigencia desde el período devengado Junio/2022, cuyo vencimiento será en julio. La suba de los valores fue de un 15%. Es decir, es el mismo porcentaje usado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para actualizar haberes.
AFIP actualiza trimestralmente el monto de la cuota del Régimen General (RG). Para ello considera el índice de movilidad que actualiza las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
La Ley de Movilidad contempla, en mismas proporciones, las variaciones salarial y la recaudación impositiva. Teniendo en cuenta estos datos, el de este mes fue del 15%.
Los nuevos importes fueron confirmados por el organismo recaudador en su página oficial.
Nuevos montos de autónomos
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
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I | $6.740,44 |
II | $9.436,47 |
III | $13.480,76 |
IV | $21.569,22 |
V | $29.657,55 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
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I’ | $7.372,35 |
II’ | $10.321,13 |
III’ | $14.744,58 |
IV’ | $23.591,33 |
V’ | $32.437,95 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
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I | $6.740,44 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
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I | $6.740,44 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | $5.687,25 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | $2.317,03 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
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A | $5.257,34 |
B | $6.453,85 |
B’ | $7.058,90 |
C | $8.627,34 |
C’ | $9.436,15 |
D | $12.907,41 |
D’ | $14.117,48 |
E | $21.551,94 |
E’ | $23.572,43 |
F | $30.145,94 |
G | $43.087,28 |
G’ | $47.126,72 |
H | $64.656,30 |
I | $80.883,70 |
J | $80.883,70 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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A | $4.435,88 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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A | $1.807,21 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
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I | $21.063,88 |
II | $29.488,97 |
III | $42.127,39 |
IV | $67.403,79 |
V | $92.679,85 |
Recordemos que la vigencia de los valores es a partir del período devengado Junio/2022 con vencimiento en julio.