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Avance del Proyecto para Modificar el Mínimo no Imponible y Deducciones en Ganancias año 2011

Faltan mucho menos de un mes para dar inicio a las sesiones ordinarias en el Congreso de la Nación y muchos son los sectores que ya están presionando,   para alcanzar el tal deseado alivio en los bolsillos de los trabajadores que pagan el Impuesto a las Ganancias a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. El reclamo es el avance del proyecto para modificar el Mínimo no Imponible y las Deducciones en ganancias para el año 2011.- Son muchos los que aguardan impacientes el inicio de las sesiones ordinarias en el Congreso y reclaman que avancen con el proyecto para modificar la Ley de Ganancias, y elevar el piso a partir del cual los empleados están obligados a ingresar […]

Faltan mucho menos de un mes para dar inicio a las sesiones ordinarias en el Congreso de la Nación y muchos son los sectores que ya están presionando,   para alcanzar el tal deseado alivio en los bolsillos de los trabajadores que pagan el Impuesto a las Ganancias a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. El reclamo es el avance del proyecto para modificar el Mínimo no Imponible y las Deducciones en ganancias para el año 2011.-

Son muchos los que aguardan impacientes el inicio de las sesiones ordinarias en el Congreso y reclaman que avancen con el proyecto para modificar la Ley de Ganancias, y elevar el piso a partir del cual los empleados están obligados a ingresar el tributo.

Actualmente deben pagar ganancias los trabajadores:

  • Solteros con un ingreso neto de $4.818.-
  • Casados con dos hijos con un ingreso neto de $6.662.-

Debido a que no fue aprobada la Ley de Presupuesto 2011 donde estaba incluida la modificación en Ganancias, la AFIP se vio obligada a publicar las Resoluciones claves las Nº 2.866 y las 3.008, por medio de las cuales:

  • Resolución General Nº 2866: Fue habilitado un procedimiento especial para que se calculen las retenciones correspondientes al período julio a diciembre de 2010, por el cual se incrementaba en un 20% el valor de las deducciones personales -aquellas previstas en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias-.
  • Resolución General Nº 3008: Dispuso con carácter de excepción, que la retención del saldo que surgiera de la liquidación anual 2010 se efectúe conjuntamente con la del 2011.

El proyecto de Ley para modificar Ganancias ya cuenta con el Dictamen de la mayoría, y propone elevar los valores del mínimo no imponible y las deducciones personales, que fija el artículo Nº 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, de la siguiente manera:

Deducciones Impuesto a las Ganancias año 2010 y 2011
Concepto Actuales según la RG Nº 2.866/2.867 Proyecto de Ley
A) Ganancias no Imponibles Artículo 2,  inciso a) $ 10.800.- $ 13.300.-
B) Deducción por Carga de Familia Articulo 23, inciso b)    
1 – Cónyuge $ 12.000.- $ 14.700.-
2 – Hijos $ 6.000.- $  7.400.-
3 – Otras Cargas de Familia $ 4.500.- $ 5.600.-
C) Deducción Especial Articulo 23, inciso c),  primer párrafo – Trabajadores Autónomos $ 10.800.- $ 16.600.-
D) Deducción Especial Artículo 23, inciso c), Artículo 79, inciso a), b) y c) $ 51.400.- $ 66.400.-

Al momento de  sancionarse la Ley de modificación en Ganancias tal cual mencionamos en el cuadro anterior, los trabajadores tributarían ganancias:

  • Solteros con un ingreso neto a partir de los $6.130.-
  • Casados con dos hijos con un ingreso neto a partir de los $8.400.-

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1 comentario en “Avance del Proyecto para Modificar el Mínimo no Imponible y Deducciones en Ganancias año 2011”

  1. Así como resulta imprescindible aumentar el mínimo no imponible, ya que éste impuesto «recorta» el salario de un empleado en relación de dependencia, que en definitiva tiene carácter de supervivencia y subsistencia, y el mismo es casi siempre en su totalidad volcado de una u otra forma al circuito de la economía, es decir que en muy contados casos el mismo alcanza grados de inversión o especulación; también es NECESARIO reajustar la escala de importes acumulados que se vienen aplicando desde el Año 2003.
    Otra incongruencia es, que si hablamos de un aumento del mínimo (neto), no se hayan modificado aún los montos de $ 96.000 y $ 144.000 (brutos) a los efectos de realizar complicadas declaraciones juradas de Bienes Personales y Ganancias Personas Físicas, ocasionando nuevas erogaciones y pérdidas de tiempo a los dependientes, ya que la mayoría debe recurrie a honorarios, claves fiscales, etc., por ser simplemente alguien que dignamente obtiene un sueldo.

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