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Nuevos sueldos básicos confirmados de Empleados Domésticos

Nuevos sueldos básicos confirmados de Empleados Domésticos con el 36% de aumento aplicado en agosto, septiembre, octubre y noviembre.

El día de la fecha, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) oficializó el acuerdo. De esta forma se han publicado los nuevos sueldos básicos confirmados de empleados domésticos. Los mismos son el restado de aplicar un incremento del 36% en cuatro tramos. La vigencia de la nueva escala salarial es a partir de agosto de 2022.

Se acordó un aumento al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a causa de la suba de precios.

Acompañando la decisión del Consejo del SMVM, se reunió la CNTCP. Los representantes de los trabajadores y empleadores del sector pautaron 4 ajustes. Cada uno de ellos es del 9% aplicables en agosto, septiembre, octubre y noviembre sobre los básicos vigentes en junio.

La oficialización de la nueva escala salarial de empleados domésticos se ha hecho con la Resolución 4/2022. Dicha normativa fue publicada por la Comisión el día de hoy en el Boletín Oficial.

Se ha establecido una revisión salarial para el mes de noviembre en el cual también se analizará el SMVM.

Nueva escala salarial del servicio doméstico

La escala salarial establece las remuneraciones mínimas. A pesar de ello, las partes tienen la oportunidad de acordar de común acuerdo una mayor. Es decir, nunca puede ser menor a estos valores.

Adicionales

Los empelados del sector tienen derecho al cobro de un 1% adicional por cada año trabajado. Este beneficio es el resultado de una intensa lucha llevada adelante por los sindicatos de los trabajadores de casas particulares.

Además, el personal del sur recibe un plus por zona desfavorable del 30%. Es para Chubut, Río Negro, La Pampa, Santa Cruz, Neuquén, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.

Programa Registradas

Hasta fin de año sigue vigente el Programa Registradas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). De la mano de dicho plan, el organismo da un subsidio de hasta el 50% sobre la remuneración del empleado. Dicho pago es efectuado por el plazo de 6 meses.

Para acceder al beneficio es necesario dar de alta una nueva relación laboral en la página de AFIP. Apenas se hace se habilita una pestaña para adherirse a Registradas.

Los fondos se acreditan directamente en una cuenta bancaria a nombre del trabajador. La misma debe ser usada por el empleador para completar la remuneración mensual.

229 comentarios en “Nuevos sueldos básicos confirmados de Empleados Domésticos”

  1. Mil gracias por sus aportes a estos temas
    Yo soy y trabajo de Cuidadora domiciliaria
    Inscripta en la página del MDSN
    Cocinar, medicación , terapia ocupacional, baño y aseo, etc
    12 hs por día de domingo 19 hs a viernes 7 am
    Gano:
    Septiembre 50 octubre 60 porque reclamé
    Y en noviembre noe dieron el aumento del 9%
    Tengo horas extras al 100 y al 50 que no me pagan
    Cuánto debería ser mi sueldo

    1. No entiendo trabajas 12 horas diarias o sin retiro del domingo 19 hs. a viernes 7 am? Necesito preguntas completas

  2. Buen dia, consulta, mi empleada trabaja 24hs semanales, a veces menos pero le pago por 24hs . Hace 1 año q trabaja con nosotros, como venia menos horas le pagaba por hs y en oct comenzo a venir mas hs a veces 14hs, otros dias 20hs y acordamos sueldo por mes.. Este mes mi esposo se toma lic y la necesitamos pocos dias, creo q seran 30 hs en todo el mes. Corresponde pagarle el sueldo completo como si trabajara las 24hs semanales o por las hs q trabaja? Gracias

    1. No decís tareas, supongo cuidado de personas Sueldo mínimo Octubre $62869.- y desde noviembre $ 67324.50 /48 por cantidad de horas que se trabajen semanalmente. La antigüedad se considera desde septiembre 2020 en adelante, sumando el 1% más, por cada año. Sábados después de las 13 horas, domingos y feriados se suman dobles.

  3. Hola: Mi empleada, quiere reducir su jornada semanal de 24 hs. Ella viene (arreglo mutuo), lunes a jueves 5 hs y viernes 4 hs. La señora quiere dejar de venir los lunes, o sea que su carga horaria semanal, pasaría a 19 hs… Cómo y cuánto debo pagarle? Debe enviarme algún telegrama solicitando tal reducción horaria? yo puedo negarme?

    1. Si, podés negarte a reducirle el horario Si ella trabaja 19 horas va a ganar más que si trabaja 24, ya que al trabajar menos de las 2/3 parte de la jornada laboral tenés que pagarle por hora y si trabaja 24 se paga proporcional.
      Pero eso lo decidís vos y acordás con ella (no decís tareas y cuanto y como le pagas)

    1. Por trabajar más de las 2/3 partes de la jornada laboral, corresponde sueldo entero Mínimo octubre $62869.- y desde noviembre $ 67324.50 y de corresponder la antigüedad

Los comentarios están cerrados.

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