La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos montos de la cuota de autónomos. Dichos valores tienen vigencia desde el período devengado septiembre de 2022, cuyo vencimiento es en octubre. El organismo recaudador actualizó los importes en un 15,53%, mismo porcentaje usado para incrementar los haberes previsionales.
Los montos de la cuota del Régimen General (RG) se ajustan trimestralmente. Para hacerlo, AFIP usa el índice de movilidad aplicado a las jubilaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
La Ley de Movilidad indica que el indicador se calcula tomando, en iguales proporciones, la evolución salarial y la recaudación. El aplicado el corriente mes es del 15,53%.
Los nuevos importes de autónomos fueron confirmados por el organismo desde su página oficial.
Nuevos montos de autónomos
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
I | $7.787,23 |
II | $10.901,96 |
III | $15.574,32 |
IV | $24.918,92 |
V | $34.263,36 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
I’ | $8.517,28 |
II’ | $11.924,01 |
III’ | $17.034,42 |
IV’ | $27.255,06 |
V’ | $37.475,55 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
I | $7.787,23 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
I | $7.787,23 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | $6.570,48 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | $2.676,86 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
A | $6.073,81 |
B | $7.456,14 |
B’ | $8.155,15 |
C | $9.967,16 |
C’ | $10.901,59 |
D | $14.911,94 |
D’ | $16.309,93 |
E | $24.898,96 |
E’ | $27.233,23 |
F | $34.827,61 |
G | $49.778,74 |
G’ | $54.445,50 |
H | $74.697,42 |
I | $93.444,94 |
J | $93.444,94 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | $5.124,78 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | $2.087,87 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
I | $24.335,10 |
II | $34.068,61 |
III | $48.669,77 |
IV | $77.871,60 |
V | $107.073,03 |
Recordemos estos valores se aplican a partir del período devengado Septiembre/2022 con vencimiento en octubre.