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Acuerdo 2011 firmado por la UOM de los $800.-

Con el objetivo de tratar de equiparar en algo el deterioro de los salarios ante la distorsión de precios de productos que integran la canasta familiar para los trabajadores amparados por la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, UOMRA, es que el Sindicato además de ratificar que el Acuerdo Salarial vigente Nº 526/2010 vence el próximo 31 de marzo y de manera excepcional firmó un Acuerdo  donde las empresas amparadas por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 260/75 pagarán por única vez a los trabajadores la suma extraordinaria de $800.-. Si bien la UOMRA firmo que se les pague a los trabajadores una suma extraordinaria de $800.- lo hizo con 4 de las seis cámaras de empresarios que componen […]

Con el objetivo de tratar de equiparar en algo el deterioro de los salarios ante la distorsión de precios de productos que integran la canasta familiar para los trabajadores amparados por la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, UOMRA, es que el Sindicato además de ratificar que el Acuerdo Salarial vigente Nº 526/2010 vence el próximo 31 de marzo y de manera excepcional firmó un Acuerdo  donde las empresas amparadas por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 260/75 pagarán por única vez a los trabajadores la suma extraordinaria de $800.-.

Si bien la UOMRA firmo que se les pague a los trabajadores una suma extraordinaria de $800.- lo hizo con 4 de las seis cámaras de empresarios que componen el gremio de los metalúrgicos,  la de autopartes, Asociación de Fabricas Argentinas de Componentes, AFAC,   las Pequeñas y Medianas Industrias, Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina, CAMIMA,  la  Electrónica, Asociación de Fabricantes Argentinos de Terminales Eléctricas, AFARTE y la de Aluminio, Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines,  CAIMA, no se encuentra incluidas la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina, ADIMRA y la línea blanca y sector siderúrgico, FEDEOGAR.

Por tratarse de un pago no habitual los $800.- deben ser pagados como No remunerativos. En dos cuotas iguales y consecutivas de $400.- cada una, en la primera y en el segunda quincena del mes de febrero de 2011, bajo la denominación de “Gratificación Extraordinaria del Acuerdo 8/2/11”.

La gratificación debe obligatoriamente pagarse a los trabajadores representados por las entidades firmantes, incluyendo a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excluyendo a las ramas 4 (autopartes y 8 (electrónica) de dichas provincias.

Como ya aclaramos es de carácter No Remunerativo, no lleva descuentos con la excepción de los aportes y contribuciones a la obra social.

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26 comentarios en “Acuerdo 2011 firmado por la UOM de los $800.-”

  1. Yo trabajo e una empresa productora de cilndros en ENTRE RIOS. quisiera saber si esta remuneracion nos coresponde a nosotros tambien? Desde ya muchas gracias

  2. Yo estoy en la UOM, la rama 8 Electronica, pero segun la empresa no pertenesemos a ninguna camara, esto puede ser ? o lo tiene que pagar si o si… Saludos

  3. yo trabajo en el call center ta……s de la provincia de cordoba , cuando pregunte porq no se habia imputado el pago , me respondieron que porq no estaba homologado y que a mediados de marzo o tal vez mas adelante lo ivan a acreditar , pero me entere por otro foro que hasta el 5 de este mes es la fecha de vencimiento . Por favor si alguien me puede decir como puedo hacer para sacar este pago , me hace mucha falta como a todos . gracias

  4. Estimada Graciela,
    ¿Este acuerdo ya ha sido homologado por el Ministerio de Trabajo? Porque nos dijeron en la empresa que hasta tanto no se haya «homologado» no nos lo pueden abonar.
    Desde ya, muchas gracias.

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