España ha aprobado la nueva Ley de Memoria Democrática o también llamada como Ley de Nietos. Dicha normativa facilita la tramitación de la ciudadanía española. Apunta a hijos de españoles nacidos fuera del país ibérico que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de 1978. Aún no se informó cómo se deberá llevar adelante el trámite.
A causa de la situación económica y la globalización, muchos argentinos desean viajar al exterior para encontrar un mejor futuro.
Es por esta razón que recurren a sus decentes en búsqueda de tramitar una ciudadanía. La gestión varía conforme al país y suele demorar un tiempo.
Si bien aún resta que sea publicada en el Boletín Oficial, se aprobó la Ley de Nietos en España. La misma convertirá en españoles a aquellos que cumplan con determinados requisitos.
La ley consiguió el dictamen favorable del Senado. Ahora resta que el Ministerio de Justicia español cumpla con su reglamentación. Además, dicho organismo tendrá que definir el procedimiento legal con la documentación requerida.
Conforme al texto, los interesados tendrán dos años para presentar la documentación. Se podrá solicitar un año de prórroga.
Actuales requisitos para obtener la ciudadanía española
- En caso de que el solicitante naciera antes del 09/01/1985, el padre o la madre, nacido fuera de España, debió haber obtenido la nacionalidad española previamente a su nacimiento.
- Sea menor a 21 años y uno de sus progenitores nacido fuera de España, haya obtenido la nacionalidad española antes de su nacimiento.
- Si es menor de 20 años y el padre o la madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad española después de su nacimiento y antes de los 18 años.
Documentación exigida actualmente
- Acta de opción por nacionalidad española.
- Partidas de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
- Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino. La misma debe ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
- Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no cuente con nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) argentino del progenitor español.
- DNI argentino del solicitante.
- En caso de adopción, testimonio completo de adopción con partida de nacimiento del adoptado.
Beneficios de la Ley de Nietos
El otorgamiento de la ciudadanía será directo. Con lo cual no se le requerirá que viva determinado tiempo en suelo español.
Además, la normativa eliminaría el límite de edad para efectuar la solicitud. Es decir, más personas podrán iniciar la gestión en todo el mundo.
Una vez otorgada la ciudadanía, el titular no tiene un tope de permanencia en el país. Aparte accede al sistema educativo español, puede trabajar dentro de Europa y tiene libre tránsito en la comunidad europea.
Hoy en día se establece un tope de 90 días de permanencia a los argentinos sin ciudadanía española. Dicho límite es para aquellos que viajan por turismo o con visa de estudio o trabajo.
No tengo partida de nacimiento de mi abuelo, murió en Argentina en 1948 …mis padres sin ciudadanía están muertos,si tengo hijo y nietos con ciudadanía que viven en España
No tengo partida de nacimiento de mi abuelo, murió en Argentina en 1948
Hola soy nieta de Españoles.
Puedo obtener la ciudadania cn la nueva ley de nietos?
Buenas tardes! Tengo un hijo de padre y abuelos Españoles,podra obtener la doble ciudadania?
Tengo ciudadanía española art.26.1 C.Cv. Hija de padre español. Puede mí hijo, iniciar el trámite, para la ciudadanía española?
Te paso, la información para que te comuniques con el Consulado de España en Buenos aires y averigües
Dirección: Guido 1770, C1016 CABA
Teléfono: 011 4814-9100