Persona votando en las elecciones

Elecciones 2009 ¿Quienes están exentos de votar?

Los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción o naturalizados argentinos, desde los dieciocho años de edad, según nuestro  Código Electoral Nacional, están obligados a emitir el voto cada vez que en Argentina se produzcan elecciones electorales, quedan exentos de esa obligación: Las personas mayores de setenta años Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Se deben presentar el mismo día de las elecciones a la autoridad mas próxima, para que esta le extienda la […]

Los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción o naturalizados argentinos, desde los dieciocho años de edad, según nuestro  Código Electoral Nacional, están obligados a emitir el voto cada vez que en Argentina se produzcan elecciones electorales, quedan exentos de esa obligación:

  • Las personas mayores de setenta años
  • Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Se deben presentar el mismo día de las elecciones a la autoridad mas próxima, para que esta le extienda la correspondiente certificación escrita.
  • Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares. De ser necesario los  profesionales oficiales estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente.
  • Personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

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1 comentario en “Elecciones 2009 ¿Quienes están exentos de votar?”

  1. Vivo hace años en José C.Paz he votado acá, al chequear por internet donde voto aparezco en un Colegio de Berazategui,en el rubro dclio.,hay números, me dirijo a los padrones de mesa correspon dientes a José C.Paz y no figuro, será un error ¿pero quien lo subsana? POR FAVOR.

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