El sábado pasado, el Presidente Alberto Fernández oficializó el pago de una asignación no remunerativa. La misma deberá ser pagada por los empleadores a sus dependientes. Este beneficio incluye a los trabajadores de casas particulares, quienes lo cobran conforme a la carga horaria semanal. Debido a las consultas, el Sindicato del sector aclaró el monto del bono para empleados domésticos dependiendo de las horas trabajadas.
La oficialización del nuevo bono de $24.000 se hizo mediante la publicación del Decreto 841/2022.
Afortunadamente, esta medida incluyó a los trabajadores de casas particulares. Sin embargo, estos trabajadores deben tener en cuenta que no todos cobrarán un plus de $24.000.
El monto del bono para el servicio doméstico está sujeto a la cantidad de horas que se trabajan por semana. Para considerar su liquidación se debe tener en cuenta la labor desempeñada por el personal durante diciembre de 2022.
Si bien los salarios de este mes para los mensualizados se percibirán en enero. El pago extraordinario tendrá que ser efectuado en diciembre. Esto se debe a que se trata de una ayuda económica otorgada para las fiestas de fin de año.
Este beneficio se aplica para todas las modalidades de contratación y categorías de la escala salarial vigente. El personal sin retiro recibe $24.000.
Tabla con montos del bono para el servicio doméstico
Horas | Monto |
---|---|
Sin retiro | $24.000 |
De 32 a 48 | $24.000 |
31 | $15.550 |
30 | $15.000 |
29 | $14.500 |
28 | $14.000 |
27 | $13.500 |
26 | $13.000 |
25 | $12.500 |
24 | $12.000 |
23 | $11.500 |
22 | $11.000 |
21 | $10.500 |
20 | $10.000 |
19 | $9.500 |
18 | $9.000 |
17 | $8.500 |
16 | $8.000 |
15 | $7.500 |
14 | $7.000 |
13 | $6.500 |
12 | $6.000 |
11 | $5.500 |
10 | $5.000 |
9 | $4.500 |
8 | $4.000 |
7 | $3.500 |
6 | $3.000 |
5 | $2.500 |
4 | $2.000 |
3 | $1.500 |
2 | $1.000 |
1 | $500 |
Beneficio para empleadores del servicio doméstico
Los empleadores podrán deducir del Impuesto a las Ganancias este pago. Aquellos que no están alcanzados por el tributo tendrán la posibilidad de solicitar un reintegro del 50% del mismo.
Para que esto ocurra, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá hacer la regulación correspondiente.
Datos a tener en cuenta
El pago del Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo) es independiente. Es decir, el mismo tiene que ser pagado en tiempo y forma conforme a lo establecido por ley.
Este beneficio para el empleado no genera extras de aportes, contribuciones ni ART. El mismo no recibe un adicional por antigüedad.
En caso de incumplimiento se puede hacer una denuncia a la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp). Para ello es necesario llamar al número de teléfono 0800-666-4100 (Opción 1 y luego 2). la atención telefónica es de lunes a viernes de 8 a 20 horas.
Y los que no tenemos trabajo????..Hasta el último beneficio me rechazaron..Hago changa y no tengo autos y propiedades como me contestaron, solo una casa que se cae a pedazos, , pero bueno seguiremos así..
Trabajo de lunes a viernes, 28 hs semanales, con retiro, cuidando a una persona mayor más algunas tareas generales. A pesar de trabajar más de 24 hs, mi empleador me paga por hora. De cuánto debe ser el bono que me corresponde? Gracias.
Bono $14000.- Calculo $24000.-/48×24
X q la antigüedad es tan poco y no te pagan d todos los años como a otro cualquier empleado❓❓❓❓❓
Trabajo como acompañante de persona mayor,los 4 fin de semana de cada mes, sin retiro.Son 8 días al mes.Cuanto me corresponde de los $ 24000 del beneficio.
Según el Decreto es completo, ya que trabajas las 48 horas semanales, pero considero (seguro tiene mas personal) que la cuenta es $24000/30×8=$6400.-
Trabajo como acompañante persona mayor,45hs.semanales,son 180 hs mensuales,con retiro,cuánto debería cobrar x mi empleador?
No decis los días, pero Sueldo mínimo $ 72710.50 La antigüedad se considera desde septiembre 2020 en adelante, sumando el 1% más, por cada año. Sábados después de las 13 horas, domingos y feriados se suman dobles.