Este mes, el Presidente Alberto Fernández decretó el pago de un plus navideño a empelados registrados. El monto del bono es de $24.000 pero varía dependiendo del salario del trabajador en relación de dependencia. La asignación no remunerativa debe ser liquidada por única vez en diciembre de 2022. El beneficio incluye al personal agrario, de la construcción y del servicio doméstico.
Con la publicación del Decreto 841/2022 en el Boletín Oficial, se oficializó el pago del bono de $24.000.
El plus corresponde al régimen general, dentro o fuera de un Convenio Colectivo de Trabajo (Ley 20.744); trabajadores de la construcción (Ley 22.250); empleados del servicio doméstico (Ley 26.844); y personal agrario (Ley 26.727), cuyo sindicato acordó que el mismo suba a $50.000.
Las autoridades no establecieron una fecha para este pago extraordinario. Sin embargo, los empleadores deben cumplir con el mismo antes del 31 de diciembre de 2022.
El monto del bono de fin de año es de $24.000 para dependientes que prestan servicios por jornada completa. Su liquidación es proporcional para los de jornada reducida.
Su liquidación es al 100% para aquellos que tienen un salario neto (En mano) de $161.859 en diciembre. Conforme al aumento del mismo va reduciendo. Por empelo, si los ingresos son de $162.000, el importe extra es de $23.856; en caso de ser de $170.00, es de $15.859; y si la remuneración es de $184.000, es de $1.859.
A quienes reciben más de $185.859 en mano, no corresponde el pago del bono navideño.
El beneficio puede ser absorbido hasta la concurrencia con plus similar otorgado entre noviembre de 2022 y enero de 2023.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 con Certificado MiPyME reciben un beneficio. Podrán descontar hasta el 50% del bono de los anticipos del impuesto a las ganancias.
Empleados domésticos
Los empleadores de trabajadores de casas particulares podrán aplicar una deducción del plus de ganancias. Aquellos que no están alcanzados por el impuesto podrán solicitar el reintegro del 50% del mismo. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá reglamentar los procedimientos para estas situaciones.
El monto del bono para empleados domésticos es proporcional a la carga horaria semanal.
Cantidad de horas | Bono |
---|---|
Sin retiro | $24.000 |
De 32 a 48 | $24.000 |
31 | $15.550 |
30 | $15.000 |
29 | $14.500 |
28 | $14.000 |
27 | $13.500 |
26 | $13.000 |
25 | $12.500 |
24 | $12.000 |
23 | $11.500 |
22 | $11.000 |
21 | $10.500 |
20 | $10.000 |
19 | $9.500 |
18 | $9.000 |
17 | $8.500 |
16 | $8.000 |
15 | $7.500 |
14 | $7.000 |
13 | $6.500 |
12 | $6.000 |
11 | $5.500 |
10 | $5.000 |
9 | $4.500 |
8 | $4.000 |
7 | $3.500 |
6 | $3.000 |
5 | $2.500 |
4 | $2.000 |
3 | $1.500 |
2 | $1.000 |
1 | $500 |
Plan Potenciar Trabajo
El Ministerio de Desarrollo Social estableció un bono para el Plan Potenciar Trabajo con la Resolución 2269/2022. Dicho plus es de $13.500 pagado en dos cuotas de $6.750. El primer pagos e ha hecho en diciembre y el segundo se llevará adelante el 6 de enero de 2023.
Estos pagos están a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Recordemos que se requiere que los titulares de Potenciar Trabajo verifiquen su información. El reempadronamiento en el programa debe ser hecho en la plataforma Mi Argentina. Aquellos que no cumplan pierden el programa aunque siguen cobrando la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Ok pero necito saber el sueldo de enero lo abona como siempre en diciembre de potenciar trabajo
Y los trabajadores temporarios del citrus no cobran el bono?