La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una prórroga a la recategorización del Monotributo 2023. Gracias a ello, los monotributistas tienen tiempo de cumplir con dicha gestión hasta el 27 de enero, inclusive. Para efectuar el trámite es necesario considerar la información correspondiente al semestre julio – diciembre de 2022.
El 1° de enero de 2023 entró en vigencia una nueva escala del Monotributo. Los topes de facturación de la misma aumentaron en un 33,58%.
Para la recategorización, los monotributistas deben tener en cuenta los nuevos valores del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Éstos se tienen que comprar con la actividad desempeñada en los últimos 12 meses. Al hacerlo se observa la facturación, la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente y el consumo energético.
En caso de que los parámetros analizados sean superiores o menores a la categoría vigente corresponde este trámite. El monto de la nueva categoría deberá ser pagado al mes siguiente.
Los pequeños contribuyentes que mantengan la misma categoría no deben hacer ninguna gestión. Tampoco corresponde la gestión cuando transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción al régimen simplificado.
Originalmente, el vencimiento de la recategorización del Monotributo estaba fijada para el día de la fecha. Sin embargo se movió al 27 de enero con la publicación de la Resolución General 5318/2023.
Escala del monotributo 2023
En diciembre de 2022, la página oficial de la AFIP publicó la nueva escala del monotributo. Para consultar la misma se debe pulsar aquí.
El organismo recaudador ajustó el tope de facturación en un 33,58%. Además se ajustó el componente destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). La suba de la cuota fue entre un 72% y 102% dependiendo de la categoría. Para aplicar esta actualización se consideró el índice de movilidad de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Pasos para hacer la recategorización del monotributo
- Acceder al portal del Monotributo e identificarse con número de CUIT y Clave Fiscal.
- Pulsar en «Recategorizarme» para que se muestre la categoría actual con los topes vigentes.
- Seleccionar «Continuar recategorización» e ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Con dichos datos se determinará la nueva categoría, la cual tiene que validarse haciendo clic en «Confirmar categoría».
- Imprimir la nueva credencial.
Pago del Monotributo
El Fisco Nacional solamente admite pagos electrónicos de monotributistas, no en efectivo. Se puede cumplir con la obligación cajeros automáticos Link y Banelco; generando un Volante Electrónico de Pago (VEP) desde el servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA); o débito automático en una tarjeta de crédito o cuenta bancaria.
Únicamente se admiten pagos en efectivo de monotributistas sociales, asociados a cooperativas de trabajo y Trabajadores Independientes Promovidos.