El 3 de mayo de 2007 se suscribió el acuerdo salarial entre l asociación de Industriales Metalúrgicos de la Republica Argentina (ADIMRA) y la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA).
Si bien el incremento salarial corre a partir del 1º de Abril de 2007, para pagarlo los empresarios deben esperar la homologación Ministerial.
El incremento en una categoría de operario fue de 14% a partir del 1º de abril 3.633% a partir del 1º de de junio y 2.17% a partir del 16 de octubre de 2007.
También en una de sus partes del acuerdo resuelven eliminar la categoría de «PEON» prevista en este convenio.
Los trabajadores que actualmente tengan esa categoría pasaran automáticamente a la categoría de “OPERARIO”.
SUMA FIJA NO REMUNERATIVA los trababjadores cobraran una suma fija no remunerativa en dos cuotas iguales y consecutivas de $ 100.- en el mes de septiembre del corriente año y la segunda en el mes de febrero de 2008
C.C.T. Nº 260/75 –SALARIOS – ANEXO «1»
RAMA Nº 1 – ALUMINIO
SALARIOS BASICOS
Vigente desde: 1º Abril de 2007
ACUERDO SALARIAL ENTRE:
UOMRA: UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ADIMRA: ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES METALÚRGICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Categorias 1º Abril 1º Junio 16 Oct.
PERSONAL JORNALIZADO
a) CATEGORIAS Generales Art.6
Operario $ 5,70 $ 5,91 $ 6,04
Operario Calificado $ 6,17 $ 6,40 $ 6,54
Medio Oficial $ 6,67 $ 6,91 $ 7,06
Operario Especializado $ 7,12 $ 7,38 $ 7,54
Operario Esp. Múltiple $ 7,53 $ 7,81 $ 7,98
Oficial $ 7,87 $ 8,16 $ 8,34
Oficial Múltiple $ 8,48 $ 8,79 $ 8,98
PERSONAL MENSUALIZADO
Grupo A -Personal Administrativo
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
Cat. Administrativo de 1ª $ 1.101,06 $ 1.141,62 $ 1.166,73
Cat. Administrativo de 2ª $ 1.221,96 $ 1.266,98 $ 1.294,85
Cat. Administrativo de 3ª $ 1.410,94 $ 1.462,92 $ 1.495,10
Cat. Administrativo de 4ª $ 1.540,97 $ 1.597,74 $ 1.632,88
Grupo B Personal Técnico
Cat. Técnico de 1ª $ 1.101,06 $ 1.141,62 $ 1.166,73
Cat. Técnico de 2ª $ 1.222,16 $ 1.267,19 $ 1.295,06
Cat. Técnico de 3ª $ 1.306,28 $ 1.354,40 $ 1.384,20
Cat. Técnico de 4ª $ 1.481,80 $ 1.536,39 $ 1.570,19
Cat. Técnico de 5ª $ 1.541,02 $ 1.597,80 $ 1.632,94
Cat. Técnico de 6ª $ 1.687,26 $ 1.749,42 $ 1.787,90
Grupo C Personal Auxiliar
Cat. Auxiliar de 1ª $ 1.059,19 $ 1.098,21 $ 1.122,37
Cat. Auxiliar de 2ª $ 1.152,73 $ 1.195,20 $ 1.221,49
Cat. Auxiliar de 3ª $ 1.311,81 $ 1.360,14 $ 1.390,06
MENORES AYUDANTES OBREROS, APRENDICES Y EMPLEADOS
a) Menores Ayudantes obreros
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
14 y 15 Años $ 5,00 $ 5,19 $ 5,30
16 y 17 Años $ 5,21 $ 5,40 $ 5,52
b) Aprendices
1er. Año $ 5.03 $ 5,21 $ 5,33
2do. Año $ 5,21 $ 5,40 $ 5,52
3er. Año $ 5,26 $ 5,46 $ 5,58
4to. Año $ 5,36 $ 5,56 $ 5,68
c) Empleados Menores
6 Horas
14 Años $ 853,67 $ 885,12 $ 904,59
15 Años $ 879,27 $ 911,67 $ 931,72
16 Años $ 881,12 $ 913,58 $ 933,67
17 Años $ 885,84 $ 918,47 $ 938,68
8 Horas
16 Años $ 984,24 $ 1.020,51 $ 1.042,95
17 Años $ 1.018,40 $ 1.055,92 $ 1.079,15
FOGUITAS Y CHOFERES
A) FOGUITAS
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
Con Patente de 3ª $ 7,53 $ 7,81 $ 7,98
Con Patente de 2ª $ 7,87 $ 8,16 $ 8,34
Con Patente de 1ª $ 8,50 $ 8,81 $ 9,01
B) CHOFERES
Con Registro de Carga. $ 7,53 $ 7,81 $ 7,98
Con Registro Profesional. $ 7,87 $ 8,16 $ 8,34
Con Registro de DNV. $ 8,50 $ 8,81 $ 9,01
ADICCIONALES
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
Adicional Art. 53 Titulo Técnico $ 9,15 $ 9,49 $ 9,70
Adicional Art. 54 Titulo Secundario $ 9,15 $ 9,49 $ 9,70
Adicional Art. 55 Idiomas $ 17,07 $ 17,70 $ 18,08
Adicional Art. 57 Padres incapacitados $ 23,54 $ 24,41 $ 24,95
Adicional Art. 58 Fallecimiento de Familiar. $ 182,22 $ 188,93 $ 193,09
Adicional Art. 59 Servicio Militar. $ 82,88 $ 85,93 $ 87,82
Adicional Art. 60 Por Cobranza $ 6,62 $ 6,87 $ 7,02
Adicional Art. 61
a) Por Ensobrado $ 1,84 $ 1,91 $ 1,95
b) Por ensobrado y pago. $ 3,64 $ 3,78 $ 3,86
Adicional Art. 62
Por Tareas de otro Grupo o Superior. $ 11,39 $ 11,81 $ 12,07
Adicional Art. 63
Por llamada fuera de horario. Por cada llamada $ 4,43 $ 4,59 $ 4,69
Adicional Art. 64
Por falta de Vacante. Por hora $ 0,09 $ 0,09 $ 0,10
Adicional Art. 91
a)Vajante en el Interior del Pais (dia) $ 49,74 $ 51,57 $ 52,70
b)Viajante Urbano y Suburbano (mensual) $ 165,82 $ 171,93 $ 175,71
3ª Categoría Choferes por mes $ 4,86 $ 5,04 $ 5,15
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Hola MARIA:
El calculo se hace si le corresponde 14 días de vacaciones 14×9= 126 x el jornal, luego si tiene remuneraciones variables se saca un promedio del ultimo semestre trabajado
gracias
Hola:
quisiera saber como se calculan las vacaciones para un empleado jornalizado que trabaja 9 horas y tiene 1 año de antiguedad. gracias
Mi convenio es el C.C.T. Nº 260/75 – ANEXO «1»
RAMA Nº 8 – ELECTRONICA
LAUDO 33/75 – SIEMENS…… y en mi recibo de sueldo dice «Categoria Administrativo 1°»…..
Gracias, Victoria
Hola Victoria:
Fijate que los basicos de la UOM tiene varias ramas, pregunta nuevamente y decime la categoria y la rama del convenio.
gracias
Hola PabloF:
Las licencias las empresas las otorgan de acuerdo a las normas y costumbres, si es norma d ela empresa contarlos dias desde el sabado las va a otorgar así. Ejemplo nacimiento se dan x días y hay que tomarselos si nace un sabado, sabado y lunes ya que uno tiene que ser habíl, pero de casamiento no especifica nada el convenio UOM.
si sos mensualizado el día del gremio y cae sabado o domingo no se paga aparte, si no s etrabaja, este año si ya que cayo viernes y seguro lo trabajo. ok
gracias