La Unidad de Información Financiera, UIF, a través de una nueva Resolución ha dispuesto que haya más control para la compra de autos y motos. La medida esta enfocada para que los registros de la propiedad del automotor y de créditos prendarios, refuercen las normas de control de lavado de dinero a las reglas internacionales. Además de los datos personales, las personas físicas deberán informar por medio de una Declaración Jurada el origen de los fondos.
La UIF por la Disposición Nº 197 puso más controles para la compraventa de autos que supere los $50.000.- . Alcanza a todo tipo de trámites, ya sean aislados o habituales, de inscripción inicial y transferencia de dominio de automotores, y también la constitución o la cancelación anticipada de prenda sobre vehículos y bienes muebles no registrables.
Las personas físicas que deban realizar cualquier trámite en el Registro del Automotor, además de los datos personales habituales, deberán realizar una Declaración Jurada sobre el origen lícito de los fondos.
No sólo para las personas físicas es la reglamentación, sino que las jurídicas cuando los montos oscilen entre los $50.000.- y los $200.000.-, también tendrán que presentar la DDJJ. Si el valor supera los $200.000.-, además, se les requerirá la documentación que respalde el origen de los fondos.
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