Este mes se aplica un incremento a los sueldos básicos de empleados del servicio doméstico. La suba es del 14% como lo acordó la Comisión Nacional del Trabajo en Casas Particulares (Cntcp). En este artículo detallamos la planilla con la nueva escala salarial de cuidadores domiciliarios.
Los cuidadores de adultos mayores integran la cuarta categoría de la escala salarial de los trabajadores de casas particulares.
Como fruto de las últimas negociaciones paritarias, los empleados domésticos recibirán un 27% de auemnto. Dicho porcentaje se aplicará en tres cuotas: 14% en abril, 7% en mayo y 6% en junio. La nueva escala fue publicada con la Resolución 2/23.
Cada uno de los porcentajes se aplican sobre las remuneraciones vigentes al mes de marzo pasado. Es decir, no son acumulables.
Conforme a lo acordado, en julio se reabrirá la discusión paritaria. En dicha oportunidad se definirá una nueva actualización salarial conforme a la evolución de los precios.
Como ya indicamos, los cuidadores domiciliarios forman parte de la cuarta categoría del sector. Ésta comprende a quienes brindan cuidado no terapéutico de niños, adolescentes, personas con discapacidad y enfermos.
Salarios de cuidadores domiciliarios
El monto de la hora de trabajo depende de la modalidad de contratación, con o sin retiro. Este mes es de $752,00 y $841,50, respectivamente. En el caso de los mensualizados, el importe es de $95.170,50 ó $106.057,50.
Corresponde un 1% por cada año trabajado en concepto de antigüedad. Aparte se aplica un plus por zona desfavorable del 30% para la región patagónica.
Subsidio para nuevos empleados domésticos
Hasta el 31 de diciembre de 2023 está disponible la inscripción al Plan Registradas. Dicho programa consiste en un subsidio por la registración de nuevos empleados domésticos.
El beneficio es liquidado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en una cuenta a nombre del dependiente.
Su importe es equivalente a la mitad del salario del trabajador. Se liquida por el plazo de 6 meses. Se incrementa a 8 meses si es una empleada discapacitada o con hijos con discapacidad; travestis, transexuales o transgéneros; o beneficiaria del Programa Acompañar.