Ayer se realizó el relanzamiento del subsidio de la garrafa social para familias vulnerables. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) retomará los pagos en el mes de mayo. Conforme a lo anunciado, no deberán reinscribirse los jubilados y pensionados del haber mínimo; y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo.
A partir de mayo, Anses retomará los pagos del Plan Hogar con un aumento en el subsidio.
Los pagos de este beneficio se suspendieron desde noviembre pasado. Al hacerlo, las autoridades no dieron información sobre la causa por la cual se tomó esa decisión.
Afortunadamente, ayer se anunció el relanzamiento del beneficio. Se pagará directamente a jubilados y pensionados de la jubilación mínima y titulares de la AUH y Asignación por Embarazo. Obviamente, solo se liquidará a estos ciudadanos que ya venían cobrando la prestación.
Quienes se deban inscribir por primera vez y viven en una zona con gas natural tendrán que entregar un certificado. Éste tiene que ser emitido por la empresa distribuidora de gas natural indicando que no están conectados a la red.
Claro está que para acceder a esta ayuda es indispensable tener los datos del grupo familiar actualizados en Anses.
Quedan excluidas del Programa Hogar las personas que solicitaron el subsidio pro Segmentación Energética. Esta exclusión se extiende al conviviente.
Recordemos que el alta se puede tramitar en la página de Mi Anses con la Clave de la Seguridad Social. También se gestiona en las oficinas del organismo previsional con turno.
Cambio en los requisitos del Programa Hogar
A partir de este año se aplican nuevos requisitos para el Programa Hogar. Los cambios están ligados a los ingresos del grupo familiar que están sujetos al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
Además de que el hogar no esté conectado a la red de gas natural, los ingresos deben ser de hasta dos SMVM. Se eleva a tres pisos salariales cuando un miembro de la familia tiene un Certificado de Discapacidad.
En la región patagónica, estos tope suben a 2,8 y 4,2 veces el SMVM, respectivamente.
Los monotributistas pueden acceder al beneficio si están registrados de la categoría A a la C, inclusive. Sube hasta la D para titulares de un certificado único de discapacidad. Para las zonas frías, los límites son D y E.
Hólá, téngo problémas para anótar mis datos en la págíná dé anses, mí fórmúlário no tiene codigos.
Soy pensionada.
GRACÍAS.