Empleado de comercio

Empleados de Comercio – Modificación en la liquidación: Sueldo Abril aumento

Según rumores el acuerdo de abril de 2008  los ítems No Remunerativos en los recibos de los trabajadores del convenio empleados de comercio a partir del sueldo de abril del 2009 no pasarían a ser Remunerativos, los afiliados al sindicato deberán recibir sus haberes  liquidados de  la misma manera que el sueldo de marzo y además recibirán  una suma No Remunerativa de $300.- El mes de mayo se incorporarían al básico todas las sumas No Remunerativas, incluidos los $300.-, reformulándose un nuevo acuerdo, todo esto sería confirmado a mas tardar el día lunes por medio de una circular. Agradecemos la colaboración de CONTABLE Seguinos Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog. Nuestro TikTok: @EconoBlog.

Según rumores el acuerdo de abril de 2008  los ítems No Remunerativos en los recibos de los trabajadores del convenio empleados de comercio a partir del sueldo de abril del 2009 no pasarían a ser Remunerativos, los afiliados al sindicato deberán recibir sus haberes  liquidados de  la misma manera que el sueldo de marzo y además recibirán  una suma No Remunerativa de $300.-

El mes de mayo se incorporarían al básico todas las sumas No Remunerativas, incluidos los $300.-, reformulándose un nuevo acuerdo, todo esto sería confirmado a mas tardar el día lunes por medio de una circular.

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59 comentarios en “Empleados de Comercio – Modificación en la liquidación: Sueldo Abril aumento”

  1. Estimada:
    Existe algún limite temporal establecido para considerar las llegadas tardes? Por ejemplo a partir de 10 min desde el horario de entrada se considera llegada tarde.
    Me llamaron la atencion verbalmente por llegar 3 minutos tarde y me parecio una exageración mas aun teniendo en cuenta que no es habitual que llegue tarde.
    Muchas Gracias.

  2. Hola trabajo en empleada de comercio me descuenta el presentismo en el mes x q tengo 4 llagadas tardes no mas de 15 o 20 minutos pueden descontarme el presentismo completo??

  3. Hola quisiera saber si te pueden descontar el presentismo cada vez q presentes certificado medico, ya sea porque estes enferma o se te enferme alguno de tus hijos, donde dice q se debe descontar? si existe algun articulo me podrias enviar esa informacion, porque en mi trabajo dicen q te descuentan si presentar certificado medico. y que esta abalado por el ministerio de trabajo

    1. valeria

      No te pueden descontar lo dice el articulo 40 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75

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