La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos montos de la cuota de autónomos. Los importes cuentan con un 20,92% de aumento aplicado por la Ley de Movilidad de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Debido a ello, los trabajadores independientes pueden conocer el valor correspondiente al período junio/2023 con vencimiento en julio.
AFIP aplica actualizaciones trimestrales a los montos del Régimen General (RG). Por esta razón, estos importes se actualizan conforme a la evolución salarial y recaudación del organismo previsional.
Es decir, el porcentaje se ajuste es el mismo que el aplicado sobre los haberes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). También se usa el mismo para incrementar las asignaciones familiares.
De acuerdo a la normativa vigente se considera el mayor valor entre el Índice General de Salarios (IS) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Teniendo en cuenta esta información, el índice de movilidad es del 20,92% como indica la Resolución 109/2023 de Anses.
Nuevos montos de autónomos
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
I | $12.742,32 |
II | $17.838,98 |
III | $25.484,42 |
IV | $40.775,04 |
V | $56.065,48 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
I’ | $13.936,91 |
II’ | $19.511,38 |
III’ | $27.873,58 |
IV’ | $44.597,70 |
V’ | $61.321,61 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
I | $12.742,32 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
I | $12.742,32 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | $10.751,33 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | $4.380,17 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
A | $9.938,64 |
B | $12.200,56 |
B’ | $13.344,36 |
C | $16.309,38 |
C’ | $17.838,38 |
D | $24.400,54 |
D’ | $26.688,09 |
E | $40.742,40 |
E’ | $44.562,00 |
F | $56.988,75 |
G | $81.453,42 |
G’ | $89.089,68 |
H | $122.228,08 |
I | $152.904,82 |
J | $152.904,82 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | $8.385,73 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | $3.416,41 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
I | $39.819,75 |
II | $55.746,79 |
III | $79.638,81 |
IV | $127.422,03 |
V | $175.204,60 |
Recordemos que la vigencia de los valores es a partir del período devengado Junio/2023 con vencimiento en julio.