Empleada de comercio en la caja de un supermercado

Empleados de Comercio Nuevo Acuerdo Salarial 2009

El día 30 de abril de 2009 en el Ministerio de Trabajo entre los representantes de la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios, FAECYS, y de las Cámaras empresariales se firmo un nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercios. Los principales puntos sobresalientes del acuerdo son: Se aplicara  un incremento de $300 (trescientos pesos) que tendrá carácter de asignación no remunerativa hasta el 31 de enero del 2010. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2009 el carácter no remunerativo del acuerdo salarial del año 2008. Sobre estas sumas se calculará, también con carácter no remunerativo, el presentismo del art. 40 del C.C.T. 130/75. Sobre estas sumas se devengarán los aportes y contribuciones de la obra […]

El día 30 de abril de 2009 en el Ministerio de Trabajo entre los representantes de la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios, FAECYS, y de las Cámaras empresariales se firmo un nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercios.

Los principales puntos sobresalientes del acuerdo son:

  • Se aplicara  un incremento de $300 (trescientos pesos) que tendrá carácter de asignación no remunerativa hasta el 31 de enero del 2010.
  • Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2009 el carácter no remunerativo del acuerdo salarial del año 2008.
  • Sobre estas sumas se calculará, también con carácter no remunerativo, el presentismo del art. 40 del C.C.T. 130/75.
  • Sobre estas sumas se devengarán los aportes y contribuciones de la obra social de los empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100 del C.C.T. 130/75 (TO de fecha 21/06/1991)
  • En el marco de la emergencia sanitaria oportunamente sancionada por el Poder Legislativo Nacional, los empleadores debitarán por única vez como aporte de los trabajadores la suma de $30 (treinta pesos) con destino a OSECAC, en la liquidación del mes de abril.
  • A las sumas no remunerativas que resulten de la aplicación del Convenio del 8/04/2008 prorrogada por el presente y a los $300 (trescientos pesos) incorporados por este acuerdo, corresponderá el aporte empresario con destino al INACAP homologado por la resolución 600/08 (ST).

Con esta información se podrán liquidar los sueldos del mes de abril 2009.

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358 comentarios en “Empleados de Comercio Nuevo Acuerdo Salarial 2009”

  1. Estimada Graciela:

    Hicieron una ensalada mayúscula. Ya liquidé sueldos y lo no remunerativo pasó a ser remunerativo…eso está homologado. Ahora bien, volvemos para atrás y cómo modifico lo liquidado? O sea volver a no remunerativo lo remunerativo, se entiende? Además de incluir el nuevo monto no remunerativo de $ 300.-, tengo entendido que hasta que no se homologue no tiene vigencia. Realmente es bochornoso que siempre tengamos que trabajar «hacia atrás», rectificando, emparchando, etc. etc.. Muy interesante como siempre tu blog. Feliz día!

  2. Steve dijo:
    1 Mayo 2009 a las 4:30 pm
    Los que preguntan porque cobraron menos es porque el aumento de abril de 2008 paso a ser remunerativo y pasa a tener descuentos.

    Perdoname, pero el seg item dice q se extiende el acuerdo del 2008 hasta dic del corriente año. Por lo tanto, sigue siendo no remunerativo. No confundamos a la gente.
    Gracias.-

  3. Hola Graciela, gracias x la info, a mi me despidieron el dia 29 de abril.. yo tengo 4 años en la empresa mas uno de preaviso son 5.. pero quisiera saber que sueldo tomo para calcular la indemnizacion.. porque hasta este mes el recibo mas alto que tenia de este año es el de enero que tiene 200 pesos x unica vez.. pero ahora con este arreglo abril seguramente cobraria mas aunque no de basico, sino agregando el aumento del año pasado y estos 30 pesos.. entonces mi pregunta es: entra este aumento en mi indemnizacion ya q este recibo seria el mas alto q tengo mas alla de q hay como 600 pesos no renumerativos y un premio q me daba la empresa de 130 pesos??

    Gracias x todo, ya q estoy de ultima..

    1. Marcelo:

      Este aumento no entra se tiene en cuenta la parte remunerativa del sueldo para los calculos de indemnización no la parte no remunerativa. Tenes 4 años mas 1 de preaviso 5 estas equivocado el preaviso es un mes no un año

  4. Los que preguntan porque cobraron menos es porque el aumento de abril de 2008 paso a ser remunerativo y pasa a tener descuentos.

  5. Buen día Graciela! Muchas gracias por toda la info! Te pido, de ser posible, un favor más, cuando puedas, serías tan amable de confeccionar y publicar una Planilla Excel (como has hecho en otras ocasiones) donde podamos ver y realizar los cálculos correspondientes a este Nuevo Acuerdo Salarial para poder confirmar si lo que nos pagan nuestros empleadores es correcto?? Desde ya muchas gracias!!!

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