Empleada de comercio en la caja de un supermercado

Empleados de Comercio Nuevo Acuerdo Salarial 2009

El día 30 de abril de 2009 en el Ministerio de Trabajo entre los representantes de la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios, FAECYS, y de las Cámaras empresariales se firmo un nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercios. Los principales puntos sobresalientes del acuerdo son: Se aplicara  un incremento de $300 (trescientos pesos) que tendrá carácter de asignación no remunerativa hasta el 31 de enero del 2010. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2009 el carácter no remunerativo del acuerdo salarial del año 2008. Sobre estas sumas se calculará, también con carácter no remunerativo, el presentismo del art. 40 del C.C.T. 130/75. Sobre estas sumas se devengarán los aportes y contribuciones de la obra […]

El día 30 de abril de 2009 en el Ministerio de Trabajo entre los representantes de la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios, FAECYS, y de las Cámaras empresariales se firmo un nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercios.

Los principales puntos sobresalientes del acuerdo son:

  • Se aplicara  un incremento de $300 (trescientos pesos) que tendrá carácter de asignación no remunerativa hasta el 31 de enero del 2010.
  • Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2009 el carácter no remunerativo del acuerdo salarial del año 2008.
  • Sobre estas sumas se calculará, también con carácter no remunerativo, el presentismo del art. 40 del C.C.T. 130/75.
  • Sobre estas sumas se devengarán los aportes y contribuciones de la obra social de los empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100 del C.C.T. 130/75 (TO de fecha 21/06/1991)
  • En el marco de la emergencia sanitaria oportunamente sancionada por el Poder Legislativo Nacional, los empleadores debitarán por única vez como aporte de los trabajadores la suma de $30 (treinta pesos) con destino a OSECAC, en la liquidación del mes de abril.
  • A las sumas no remunerativas que resulten de la aplicación del Convenio del 8/04/2008 prorrogada por el presente y a los $300 (trescientos pesos) incorporados por este acuerdo, corresponderá el aporte empresario con destino al INACAP homologado por la resolución 600/08 (ST).

Con esta información se podrán liquidar los sueldos del mes de abril 2009.

Seguinos

358 comentarios en “Empleados de Comercio Nuevo Acuerdo Salarial 2009”

  1. Por favor Graciela, me podrias explicar el sig articulo del diario La Nacion. Por lo que entendi aca, los $300 no se abonan en forma completa x mes, sino en porcentajes hasta diciembre, o me equivoco:

    SUBA A EMPLEADOS DE COMERCIO

    Un nuevo acuerdo salarial que beneficiará a más de un millón de trabajadores del comercio se firmó anteayer en el Ministerio de Trabajo y tendrá vigor hasta octubre. Según informaron la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), los aspectos principales del acuerdo son los siguientes:

    -Se acordó el pago de una suma fija de $ 300 mensuales, asignación que se refiere a los trabajadores que prestan servicios en jornadas completas. Para los trabajadores con jornada reducida, la asignación se abonará en forma proporcional. La vigencia del presente acuerdo se extenderá hasta el 31 de octubre de 2009.

    -Esta asignación rige a partir del 1º del mes pasado, tendrá el carácter de no remunerativa hasta el 31 de enero próximo y se abonará en rubros separados en el recibo de sueldos, bajo la denominación «acuerdo colectivo abril 2009».

    -Con la liquidación de haberes del mes próximo, se abonará una suma no remunerativa equivalente al 25% del monto establecido en el primer punto. De igual modo, con la liquidación de haberes de diciembre se abonará el 50% de la suma establecida.

    -Por única vez, los trabajadores realizarán un aporte de $ 30 con destino a la Obra Social de Empleados de Comercio, que será debitado por el empleador del primer monto que reciba el trabajador.

    -El aumento salarial no remunerativo pactado en abril de 2008 (el 20% más $ 100), que debía convertirse en remunerativo a partir del mes pasado, se mantiene como no remunerativo hasta el 31 de diciembre. Por lo tanto, deben liquidarlo tal cual se hizo en marzo pasado.

    -Con la liquidación de los haberes del mes próximo y de diciembre de 2009, se abonará a cada trabajador una suma no remunerativa equivalente al 50% de la asignación resultante del aumento acordado en abril de 2008.

    -La asignación no remunerativa compensará los incrementos que se hubieran otorgado por los empleadores desde enero, a cuenta de esta negociación o concepto similar reflejado en una ley o decreto.

    Además de la CAC, la Cámara de la Mediana Empresa (CAME) y otras entidades patronales también refrendaron este acuerdo.

    GRACIAS!!!!

    1. Pabo:

      En el mes de junio se debe pagar 25% de los 300 y 50% de las demas partes no remunerativcas o sea el 20% mas los 100$ y en el mes de diciembre el 50% de todo lo no remunerativo. Pero los $300 se pagan por mes

  2. Hola queria seber entonces por lo que entiendo ya nos liquidaron y tendrian que depositarnos lo que descontaron del acuerdo del 2008 que paso al basico mas los 300 del nuevo acuerdo? y si no lo hacen lo tendrian que pagar con el sueldo de junio los 600 ms los 400 del acuerdo anterior? Gracias.

    1. pablo:

      A mi entender hay que reliquidar abril cuando salga antes de pagar el SUSS d elo contrario se pagan mal las cargas sociales,

  3. Graciela:

    Ya nos liquidaron abril,entonces, ahora en mayo ,si se homologa en estos dias, deberian ajustarnos en el recibo de los haberes de mayo, lo que supuestamente paso a ser remunerativo , vuelve a ser no remnnerativo, y nos estarian abonando $600( abril y mayo) , esto es asi , no? o sea tiene caracter retroactivo? gracias, y muy bueno todo lo que haces, saludos!

    1. Horacio:

      Yo entiendo que cuando salga homologado se tendra que anular esa liquidación y volver a liquidar nuevamente, ya que de lo contrario se estaría pagando cargas sociales, incorrectas.

  4. Hola Graciela, si, antes me entregaban dos recibos, uno con el sueldo y otro con las sumas no remunerativas del acuerdo abril 08 y ahora??

    1. Guille:

      en realidad no es así como se paga, se pago todo en un recibo como tengo publicadas las planillas, pero cada liquidador de sueldo tiene su manera, cada uno con su librito!!! no se que metodo usara ahora la persona que liquida a tu empleador, lo importante al final el resultado es el mismo

  5. Hola, una pregunta, recien fui hasta el cajero para saber si me habian depositado, lo habian hecho, pero cobre $40 menos de lo que venia cobrendo hasta ahora…. Una preg. pertenezco a empleados de comercio, categoria Aux Adm esp. clase A. Me correspone cobrar la suma de $300???? xq no me lo depositaron. Lo tendran q hacer en el transcurso de la semana venidera o lo empiezo a cobrar a apartir del proximo sueldo????
    Muchas gracias.-

    1. Dario:

      Me parece qu eya conteste una pregunta similar, todavia no salio esto publicado ni homologado y te liquidaron como decis el convenio No remunerativo paso al basico sin los $300.- te tendran que liquidar nuevamente

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil