Comerciante en su negocio

Empleados de Comercio Acuerdo salarial 2009, puntos sobresalientes

Del acuerdo firmado el día jueves 30 de abril de 2009 entre los representantes del sindicato Empleados de Comercio y las cámaras empresarias en el Ministerio de Trabajo surgen los siguientes puntos mas importantes: Las sumas pagadas por el acuerdo de abril de 2008 No Remunerativas, las cuales debían incorporarse a los básicos en abril/09 deberán continuar siendo No Remunerativas hasta enero del 2010. Los básicos de convenio continuaran iguales a lo abonado en los recibos de marzo/09 Se deberá abonar desde abril de 2009 una suma  de $300.- No remunerativas. Las sumas No Remunerativas recién pasarán a los básicos de convenios el 1º de enero de 2010. Todas las sumas No Remunerativas llevarán los aportes y contribuciones a la […]

Del acuerdo firmado el día jueves 30 de abril de 2009 entre los representantes del sindicato Empleados de Comercio y las cámaras empresarias en el Ministerio de Trabajo surgen los siguientes puntos mas importantes:

  • Las sumas pagadas por el acuerdo de abril de 2008 No Remunerativas, las cuales debían incorporarse a los básicos en abril/09 deberán continuar siendo No Remunerativas hasta enero del 2010. Los básicos de convenio continuaran iguales a lo abonado en los recibos de marzo/09
  • Se deberá abonar desde abril de 2009 una suma  de $300.- No remunerativas.
  • Las sumas No Remunerativas recién pasarán a los básicos de convenios el 1º de enero de 2010.
  • Todas las sumas No Remunerativas llevarán los aportes y contribuciones a la obra social y sindicato OSECAC, Debiendo abonar los afiliados una suma fija de $30.- por única vez en el mes de abril/09
  • Los empresarios deberán abonar con destino a INACAP la contribución considerando el sueldo básico de un trabajador “Maestranza Inicial A” mas las sumas No Remunerativas.
  • Los trabajadores recibirán  con las liquidaciones del sueldo:

  1. Junio/09 una suma No Remunerativa del 50% del acuerdo abril/08 y del 25% del acuerdo de abril/09
  2. Diciembre/09  una suma No Remunerativa del 50% de las sumas cobradas como No Remunerativas del acuerdo de abril/08 y del  acuerdo de abril/09.
  3. Importes sujetos a los descuentos de obra social y sindicato

Si bien el acuerdo esta firmado es importante esperar a que este este hopmologado y firmado

205 comentarios en “Empleados de Comercio Acuerdo salarial 2009, puntos sobresalientes”

  1. Hola Graciela en este momento vendria barbaro una nueve version de la planillita para liquedar sueldos!!!

    Gracias
    Natalia

  2. Graciela:
    Me olvide……….Muy feliz día de la trabajadora. Te lo mereces mas que muchos…

  3. En mi empleo nos pagan parte en blanco y otra en negro, la parte en negro se va achicando con cada aumento que dan ustedes, pero el total de mi sueldo no se mueve, a donde puedo denunciar este echo??

  4. Una pregunta Graciela, en La Nacion salio este articulo. Ahora te pregunto, los $300 se pagan comletos mensualmente hasta diciembre del corriente año, o en porcentajes???:

    SUBA A EMPLEADOS DE COMERCIO

    Un nuevo acuerdo salarial que beneficiará a más de un millón de trabajadores del comercio se firmó anteayer en el Ministerio de Trabajo y tendrá vigor hasta octubre. Según informaron la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), los aspectos principales del acuerdo son los siguientes:

    -Se acordó el pago de una suma fija de $ 300 mensuales, asignación que se refiere a los trabajadores que prestan servicios en jornadas completas. Para los trabajadores con jornada reducida, la asignación se abonará en forma proporcional. La vigencia del presente acuerdo se extenderá hasta el 31 de octubre de 2009.

    -Esta asignación rige a partir del 1º del mes pasado, tendrá el carácter de no remunerativa hasta el 31 de enero próximo y se abonará en rubros separados en el recibo de sueldos, bajo la denominación «acuerdo colectivo abril 2009».

    -Con la liquidación de haberes del mes próximo, se abonará una suma no remunerativa equivalente al 25% del monto establecido en el primer punto. De igual modo, con la liquidación de haberes de diciembre se abonará el 50% de la suma establecida.

    -Por única vez, los trabajadores realizarán un aporte de $ 30 con destino a la Obra Social de Empleados de Comercio, que será debitado por el empleador del primer monto que reciba el trabajador.

    -El aumento salarial no remunerativo pactado en abril de 2008 (el 20% más $ 100), que debía convertirse en remunerativo a partir del mes pasado, se mantiene como no remunerativo hasta el 31 de diciembre. Por lo tanto, deben liquidarlo tal cual se hizo en marzo pasado.

    -Con la liquidación de los haberes del mes próximo y de diciembre de 2009, se abonará a cada trabajador una suma no remunerativa equivalente al 50% de la asignación resultante del aumento acordado en abril de 2008.

    -La asignación no remunerativa compensará los incrementos que se hubieran otorgado por los empleadores desde enero, a cuenta de esta negociación o concepto similar reflejado en una ley o decreto.

    Además de la CAC, la Cámara de la Mediana Empresa (CAME) y otras entidades patronales también refrendaron este acuerdo.

Los comentarios están cerrados.