Del acuerdo firmado el día jueves 30 de abril de 2009 entre los representantes del sindicato Empleados de Comercio y las cámaras empresarias en el Ministerio de Trabajo surgen los siguientes puntos mas importantes:
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Las sumas pagadas por el acuerdo de abril de 2008 No Remunerativas, las cuales debían incorporarse a los básicos en abril/09 deberán continuar siendo No Remunerativas hasta enero del 2010. Los básicos de convenio continuaran iguales a lo abonado en los recibos de marzo/09
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Se deberá abonar desde abril de 2009 una suma de $300.- No remunerativas.
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Las sumas No Remunerativas recién pasarán a los básicos de convenios el 1º de enero de 2010.
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Todas las sumas No Remunerativas llevarán los aportes y contribuciones a la obra social y sindicato OSECAC, Debiendo abonar los afiliados una suma fija de $30.- por única vez en el mes de abril/09
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Los empresarios deberán abonar con destino a INACAP la contribución considerando el sueldo básico de un trabajador “Maestranza Inicial A” mas las sumas No Remunerativas.
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Los trabajadores recibirán con las liquidaciones del sueldo:
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Junio/09 una suma No Remunerativa del 50% del acuerdo abril/08 y del 25% del acuerdo de abril/09
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Diciembre/09 una suma No Remunerativa del 50% de las sumas cobradas como No Remunerativas del acuerdo de abril/08 y del acuerdo de abril/09.
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Importes sujetos a los descuentos de obra social y sindicato
Si bien el acuerdo esta firmado es importante esperar a que este este hopmologado y firmado
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Graciela: queria saber si a los empleados de agencias de viajes les corresponde el acuerdo de 300 pesos aun no homologado para empleados de comercio. La consulta surge debido a que me dicen que a partir de junio 2008 pertenecemos a otro CCT 547/08 pero sé que en algunos lugares lo han abonado por lo tanto no sé cual es la respuesta.
Muchas gracias
OSCAR
Si te estan pagando con el nuevo convenio no te corresponde, si, salio un nuevo convenio para las agencias de viajes
Graciela, los conceptos no remunerativos (convenios 2008 / 2009; suma fija y present)como se tienen que exponer en el recibo de sueldo para el caso de una empleada que el 1/5/09 inicia la lic por maternidad ? Se siguen exponiendo por separado como hasta ahora ó van dentro del concepto Asig por maternidad ?
Gracias
Osvaldo
Todo va como asignacion pro maternidad
Graciela, esa cifra la saque de esta escala laboral que figura en varios lados, te pego el link, no se si te molesta que sea de otra pagina. Cualquier cosa modificalo. Es correcta esta escala??
laboralis.com.ar/pdf/abril%202009%20SEC.pdf
Saludos
Nahuel
Eso era así, pero cuando se firmo el acuerdo abril 2009, eso quedo sin efecto continuan los basicos iguales a marzo/2009, igualmente muchas gracias
muchisimas gracias!! x las planillas de excel para poder liquidar mi sueldo..
Graciela, antes que nada te agradezco toda la ayuda que nos das, la verdad pude enterarme varias cosas que no sabia. Por otro lado te queria preguntar si la nueva escala salarial que hay desde abril 2009 para empleados de comercio es la remuneracion que debe figurar como sueldo basico. Esto ademas de los $300 que van como no remunerativos. A ver si me explico:
Escala salarial abril 2008
administrativo categoria A antiguedad inicial: $1319.56
Escala salarial abril 2009
administrativo categoria A antiguedad inicial: $1683.47
Seria asi???? espero tu respuesta
Muchas gracias
Nahuel
de donde sacas $1.683.47? no esto se modifico Aministrativo A $ 1.319.56 si tiene antiguedad va 0.50% por año, luego se paga acuerdo abril 2008 $100.- mas 20% mas acuerdo abril 2009 $300.- Presentismo de la parte remunerativa y presentismo de la parte no remunerativa. Tengo publicada planilla excel para liquidiar el sueldo, una de abril y otra de mayo, no la bajaste? esta semana publico una para junio 2009