Del acuerdo firmado el día jueves 30 de abril de 2009 entre los representantes del sindicato Empleados de Comercio y las cámaras empresarias en el Ministerio de Trabajo surgen los siguientes puntos mas importantes:
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Las sumas pagadas por el acuerdo de abril de 2008 No Remunerativas, las cuales debían incorporarse a los básicos en abril/09 deberán continuar siendo No Remunerativas hasta enero del 2010. Los básicos de convenio continuaran iguales a lo abonado en los recibos de marzo/09
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Se deberá abonar desde abril de 2009 una suma de $300.- No remunerativas.
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Las sumas No Remunerativas recién pasarán a los básicos de convenios el 1º de enero de 2010.
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Todas las sumas No Remunerativas llevarán los aportes y contribuciones a la obra social y sindicato OSECAC, Debiendo abonar los afiliados una suma fija de $30.- por única vez en el mes de abril/09
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Los empresarios deberán abonar con destino a INACAP la contribución considerando el sueldo básico de un trabajador “Maestranza Inicial A” mas las sumas No Remunerativas.
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Los trabajadores recibirán con las liquidaciones del sueldo:
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Junio/09 una suma No Remunerativa del 50% del acuerdo abril/08 y del 25% del acuerdo de abril/09
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Diciembre/09 una suma No Remunerativa del 50% de las sumas cobradas como No Remunerativas del acuerdo de abril/08 y del acuerdo de abril/09.
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Importes sujetos a los descuentos de obra social y sindicato
Si bien el acuerdo esta firmado es importante esperar a que este este hopmologado y firmado
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Hola queria saber escala salarial de encargado de oficina tecnica. julio 2009 por vavor. gracias
Afecta en algo el aumento del smvm a 1400 en el mes de agosto para el calculo del salario en ese mes?
No lo afectaría ya que por ejemplo: para un ingresante adm b el basico es de 1329.92 pero + el presentismo llega a 1440, lo cual quiere decir que tampoco afectaria el sueldo de octubre que es cuando el smvm aumente a 1440. Esto es correcto?
Gracias
Tengo por ejemplo escalas salariales en formato pdf, desde el año 48 hasta la fecha de la rama general, en planillas exel desde el 2003 hasta la fecha con todos los acuerdos, te puedo grabar todo en cd. El servidor no da para mandar tanto algunas veces, podemos charlar y ver que mas puede ser util.Tengo los topes anteriores. Y muchos acuerdos mas que estaria bueno poner. de una manera ordenada. En comercio por ejemplo hay varias ramas, tengo varias escalas de ellos tambien.
Por eso digo que pases un dia por la Secret
Cuando quieras un dia pasar por la oficina hablamos y vemos en que podemos ayudar.
Ya que tenemos mucha informacion.
Saluda atte Secretaria de Asuntos Laborales
Buenas tardes te hago una consulta por ley el sueldo tiene una fecha tope hasta la que se lo puede pagar o se pueden demorar sin problemas.
Muchas Gracias.
santiago
la Ley dice que los sueldos se deben pagar 4 días hábiles una vez vencido