Del acuerdo firmado el día jueves 30 de abril de 2009 entre los representantes del sindicato Empleados de Comercio y las cámaras empresarias en el Ministerio de Trabajo surgen los siguientes puntos mas importantes:
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Las sumas pagadas por el acuerdo de abril de 2008 No Remunerativas, las cuales debían incorporarse a los básicos en abril/09 deberán continuar siendo No Remunerativas hasta enero del 2010. Los básicos de convenio continuaran iguales a lo abonado en los recibos de marzo/09
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Se deberá abonar desde abril de 2009 una suma de $300.- No remunerativas.
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Las sumas No Remunerativas recién pasarán a los básicos de convenios el 1º de enero de 2010.
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Todas las sumas No Remunerativas llevarán los aportes y contribuciones a la obra social y sindicato OSECAC, Debiendo abonar los afiliados una suma fija de $30.- por única vez en el mes de abril/09
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Los empresarios deberán abonar con destino a INACAP la contribución considerando el sueldo básico de un trabajador “Maestranza Inicial A” mas las sumas No Remunerativas.
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Los trabajadores recibirán con las liquidaciones del sueldo:
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Junio/09 una suma No Remunerativa del 50% del acuerdo abril/08 y del 25% del acuerdo de abril/09
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Diciembre/09 una suma No Remunerativa del 50% de las sumas cobradas como No Remunerativas del acuerdo de abril/08 y del acuerdo de abril/09.
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Importes sujetos a los descuentos de obra social y sindicato
Si bien el acuerdo esta firmado es importante esperar a que este este hopmologado y firmado
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Hola : Cómo es esto de el 50% de la suma del acuerdo de Abril 2008 y 25% de la suba de Abril 2009 en Junio 2009 y otra suma de 50% de las sumas cobradas en Diciembre 2009??
Esto figura en el punto 1) y 2).
A qué se refiere? Cómo calculo el monto a cobrar?
Hola graciela mi esposa trabaja part time 6.5 horas por dia de lunes a viernes
Segun la contestacion que le brindaste a german seria 300/200 por cantidad de horas trabajadas al mes.La cantidad de horas la calculo por 20 dias o por 30
es para saber el proporcional del aumento de comercio desde ya muchas gracias por tu respuesta.
Avisar cuando se homologue el acuerdo, es a partir de ahí que tendrá vigencia
Graciela estoy un poco desorientada. LA tablita de sueldos que veníamos liquidando sigue vigente, con acuerdo abril 2008 y 100 de enero 2008. Ahora se agrega $300 acuerdo abril 2009 con su respectivo presentismo más $30 por única vez. Esos 30 se deduce en recibo? o está solo a cargo de empleador?. Como lo pago?. Y los que estén afiliados en otra obra social también corresponden los 30. Espero tú respuesta.
Muchas gracias.
Buen día Graciela,
mi consulta es sobre los $30.
Por lo que entiendo, se descuentan a todos los empleados encuadrados en el CC130/75, independientemente de la obra social a la que esten afiliados.
Cómo se deposita? Para los que estan afiliados a Osecac supongo que lo podría descontar agregandolo manualmente en el F931, pero para los otros no sé como hacerlo.
Desde ya, gracias.