La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió más tiempo para que los monotributistas se encuadren en la categoría que les corresponde. Debido a la prórroga, la recategorización en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) vencerá el jueves 27 de julio de 2023. Este trámite corresponde al primer semestre del corriente año.
AFIP establece que la recategorización en el monotributo se tiene que hacer en enero y julio.
A la hora de hacer la recategorización, el monotributista tiene que considerar su actividad en los últimos 12 meses. Para ello se observa la facturación, los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y el consumo energético.
Para hacer el trámite, el pequeño contribuyente tiene que acceder a la página del Monotributo con número de CUIT y Clave Fiscal. El monto de la cuota correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente.
En caso de no cumplir con la recategorización se entiende que no hubo cambios y se conserva la misma categoría.
Nuevos topes de facturación para el monotributo
Mediante el Decreto 315/2023, el Gobierno estableció nuevos topes de facturación para el monotributo. La nueva escala entró en vigencia el 1° de julio de 2023. Por esta razón, el monotributista tiene que considerar la misma al hacer la recategorización.
La actualización de los topes se hizo de forma excepcional a causa de la suba de precios. Para ello, el Estado Nacional consideró los dos primeros índices de movilidad del año de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Por ello, el ajuste fue del 41,5248%.
Recordemos que esta actualización está contemplada en el Artículo 52 de la Ley de Monotributo. La misma había sido solicitada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También la pidió un grupo de Diputados Nacionales.