INACAP, Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio, el día 13 de junio de 2008, se publicó la Homologación del Acuerdo que implementa el Articulo 102 del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 en el Boletín Oficial Nº 31.426. Por este acuerdo, Homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante Resolución Nº 600/2008 con fecha 26 de mayo de 2008, se crea el INACAP, la cual es una Asociación Civil sin fines de lucro.
Por lo tanto y como esta estipulado en el Convenio colectivo de Trabajo Nº 130/75 correspondientes a los empleados de comercio, en su articulo 102 que dice:
CAPITULO XVIII
Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico Para Empleados de
Comercio
Art. 102.°.- Créase el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico para Empleados de Comercio (INCAPTEC), que tendrá a su cargo la orientación y capacitación profesional de los empleados de comercio.
Dicho organismo se financiará con un aporte a cargo de los empleadores de $a. … (*)
mensuales por cada empleado comprendido en la presente Convención Colectiva de Trabajo.
En el término de 180 días a partir de la homologación del presente Convenio la Confederación General de Empleados de Comercio instrumentará la reglamentación y puesta en marcha de este Instituto a través de los organismos competentes.
Los empleadores con trabajadores comprendidos en dicho convenio colectivo de trabajo deben des el mes de julio de 2008, efectuar una contribución patronal equivalente al 0.5% del sueldo básico de un trabajador de categoría “Maestranza Inicial A”
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
hola quisiera saber si tienen un ejemplo de liquidacion de sueldos de empleados rurales de cordoba gracias
recien me entero de inacap??!!
nunca hice el aporte
tengo 2 empleados de comercio, supongo que corresponde??
como lo pago??
muchas gracias