La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó los nuevos montos de la cuota de autónomos. Los mismos son el resultados de la aplicación del 23,29% de aumento aplicado a los haberes de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) por la Ley de Movilidad. Debido a ello, los trabajadores independientes pueden conocer el valor correspondiente al período septiembre/2023 con vencimiento en octubre.
Trimestralmente, AFIP actualiza los montos de la cuota del Régimen General (RG). Dado que considera el índice de movilidad, el ajuste es conforme a la evolución salarial y recaudación del organismo previsional.
Este indicador es el usado por Anses para incrementar las jubilaciones y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). También se utiliza para incrementar las asignaciones familiares.
De acuerdo a la normativa se toma en cuenta el mayor valor entre el Índice General de Salarios (IS) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Por primera vez desde la entrada en vigencia de la nueva fórmula de cálculo, se aplicó el Ripte. Teniendo en cuenta esta información, la suba de septiembre es del 23,29% como indica la Resolución 186/2023 de Anses.
Nuevos montos de autónomos
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
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I | $15.710,00 |
II | $21.993,66 |
III | $31.419,73 |
IV | $50.271,56 |
V | $69.123,12 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
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I’ | $17.182,82 |
II’ | $24.055,57 |
III’ | $34.365,34 |
IV’ | $54.984,52 |
V’ | $75.603,41 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
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I | $15.710,00 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
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I | $15.710,00 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | $13.255,31 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | $5.400,31 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
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A | $12.253,34 |
B | $15.042,06 |
B’ | $16.452,25 |
C | $20.107,83 |
C’ | $21.992,93 |
D | $30.083,43 |
D’ | $32.903,75 |
E | $50.231,30 |
E’ | $54.940,48 |
F | $70.261,44 |
G | $100.423,92 |
G’ | $109.838,67 |
H | $150.695,00 |
I | $188.516,36 |
J | $188.516,36 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | $10.338,76 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | $4.212,09 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
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I | $49.093,77 |
II | $68.730,22 |
III | $98.186,69 |
IV | $157.098,62 |
V | $216.009,75 |
Recordemos que la vigencia de los valores es a partir del período devengado Septiembre/2023 con vencimiento en octubre.
Cabe señalar que se espera que el Ministro de Economía, Sergio Massa, anuncie medidas para trabajadores autónomos la próxima semana.